Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Electricidad Imeba Sl

El 26-01-2012, Electricidad Imeba Sl, en BURGO DE OSMA-CIUDAD DE OSMA (Soria) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SORIA. El número de insolvencia de esta empresa es B42012831. La actividad (principal) de Electricidad Imeba Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Electricidad Imeba Sl
Localidad:
BURGO DE OSMA-CIUDAD DE OSMA
Provincia:
Soria
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B42012831
Número de insolvencia:
B42012831
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
LA GUERA (CTRA ACCESO A11) 0
42300 BURGO DE OSMA-CIUDAD DE OSMA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-11-2015
A150051741
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

D.ª Virginia Merino Guijarro, Letrada de la Administración de Justicia del 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 de Soria, hago saber:

1.º Que en el procedimiento concursal número 478/11, por auto de fecha veintitrés de noviembre de dos mil quince se ha declarado la conclusión del Concurso de ELECTRICIDAD IMEBA, S.L. con CIF n.º B42012831.

2.º Se han dejado sin efecto las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.

3.º Se ha acordado la extinción de la persona jurídica ELECTRICIDAD IMEBA, S.L.

Soria, 24 de noviembre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia.

24-04-2013
A130018715
 
  • Apertura de la sección seis
 

D.ª Ana Isabel Benito de los Mozos, Secretaria Judicial del Jdo. de 1.ª Inst. e Instrucción n.º 2 de Soria,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 478/2011 referente al concursado Electricidad Imeba, S.L., con CIF B42012831, por providencia de fecha 8 de abril de 2013, se ha acordado lo siguiente:

Formar la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el B.O.E. cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentados obre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Soria, 8 de abril de 2013.- Secretaria Judicial.

20-04-2013
A130018203
 
  • Apertura de la sección seis
 

D.ª Ana Isabel Benito de los Mozos, Secretaria Judicial del Jdo. 1a. Inst. e Instrucción n.º 2 de Soria, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 60/2012, referente al concursado Electricidad Imeba, S.L., con CIF B42012831, por providencia de fecha 8 de abril de 2013, se ha acordado lo siguiente:

Formar la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el B.O.E. cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentados obre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Soria, 8 de abril de 2013.- Secretaria Judicial.

24-01-2013
A120086435
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Doña Ana Isabel Benito de los Mozos, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Soria,

Anuncia

Que en la sección I del concurso 478/2011, referente al concursado Electricidad Imeba, S.L., con CIF n.º B42012831, por auto de fecha 21 de diciembre de 2012, se ha acordado lo siguiente:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Soria, 27 de diciembre de 2012.- Secretaria judicial.

09-02-2012
A120005546
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

D.ª Ana Isabel Benito de los Mozos, Secretaria Judicial del Juzgado de 1ª Instancia e instrucción n.º 2 de Soria,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 478/2011 se ha dictado en fecha 26 de enero de 2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor Electricidad Imeba, S.L., con C.I.F. N.º B42012831, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera de Acceso A-11, Polígono Industrial de Güera s/n, El Burgo de Osma (Soria).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Soria, 30 de enero de 2012.- Secretaria Judicial.

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