Edicto.
Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y de lo Mercantil n.º 1 de Teruel, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 0000032/2013, referente al concursado Obras y Contratas El Romeral, S.L. (b44178986), por auto de fecha 29 de junio de 2020, se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:
"Primero: Acordar la conclusión del concurso de la mercantil Obras y Contratas El Romeral, S.L., y el archivo de las actuaciones, al haber concluido la fase de liquidación, quedando libres los acreedores para el ejercicio de las acciones singulares que le corresponden.
Segundo: Acordar la aprobación de las cuentas formuladas por la administración concursal al no haberse formulado oposición alguna contra ellas.
En consecuencia, líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos referentes a la sociedad concursada, y su publicación correspondiente".
Teruel, 1 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.
Edicto
Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 (Mercantil) de Teruel, anuncia:
Que en el Sección V declaración concurso 32/2013, referente al concursado Obras y Contratas El Romeral por auto de fecha de veintisiete de Septiembre de dos mil trece, se ha acordado lo siguiente:
Acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Teruel, 27 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (de lo Mercantil) número 1 de Teruel, anuncia:
Primero.- Que en el Sección V Liquidación 32/2013, referente al concursado Obras y Contratas El Romeral, S.L., se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el día treinta y uno de julio de dos mil trece, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
Segundo.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de 15 días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.
Teruel, 31 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
Doña Aranzazu Catalán Hernando, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (Mercantil) número 1 de Teruel,
Anuncia: Que en el Sección I, declaración concurso 32/2013, referente al concursado Obras y Contratas El Romeral, S.L., por auto de fecha diez de julio, se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil Obras y Contratas El Romeral, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Teruel, 10 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (Mercantil) número 1 de Teruel, anuncia:
Primero.- Que en el Sección I declaración concurso 32/2013, referente al deudor Obras y Contratas El Romeral, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.- Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Teruel, 12 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel, por el presente, hago saber:
Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración concurso 32/2013 se ha dictado en fecha veinticuatro de Enero de dos mil trece auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Obras y Contratas El Romeral, S.L., con CIF B-44178986, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Tranquera, número 88, Villel (Teruel).
Segundo.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, sometido en su ejercicio a la intervención de la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a doña Elisa Julián Asensio, con domicilio postal en calle El Salvador, número 24, 1.º, Teruel y dirección electrónica señalada elisa.julian@julianyredonabogados.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).
Teruel, 31 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.