Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Pedreira Motor Sl

El 16-12-2015, Pedreira Motor Sl, en RIBADUMIA (SANTA EULALIA P.) (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36164051. La actividad (principal) de Pedreira Motor Sl es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Pedreira Motor Sl
Localidad:
RIBADUMIA (SANTA EULALIA P.)
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B36164051
Número de insolvencia:
B36164051
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PUENTE ARNELAS 0
36636 RIBADUMIA (SANTA EULALIA P.)
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-01-2016
A160002402
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el núm. Sección 1 Declaración Concurso 293/15 y NIG 36038 47 1 2015 0000479 se ha dictado en fecha 16 de diciembre de 2015 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Pedreira Motor, S.L. con CIF B-36164051, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ponte Arnelas, s/n Leiro, en el Concello de Ribadumia (Pontevedra).

2.-Se ha determinado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal al abogado Diego Luís Huerta de Uña, con NIF 44.076.790 G, con domicilio en C/ Manuel Quiroga, 11, 2.º Izda. 36002 Pontevedra, teléfono 986847596, correo electrónico: concursopedreiramotorsl@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Pontevedra, 21 de diciembre de 2015.- El Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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