Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado G.P.Algar S.L.

El 27-10-2008, G.P.Algar S.L., en BEASAIN (guipúzcoa) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número de insolvencia de esta empresa es B20550125. La actividad (principal) de G.P.Algar S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
G.P.Algar S.L.
Localidad:
BEASAIN
Provincia:
guipúzcoa
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B20550125
Número de insolvencia:
B20550125
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
NAGUSIA KALEA 101
20200 BEASAIN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-11-2015
A150046360
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 356/2008, en el que figura como concursado G.P. ALGAR, S.L., CIF B20550125, se ha dictado el 21/10/2015 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Donostia-San Sebastián, 22 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

17-09-2009
66964
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 356/2008 referente al concursado G.P. Algar, Sociedad Limitada con DNI B20550125, por auto de fecha 09 de septiembre de 2009 se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Abrir la fase de liquidación del concursado a petición del deudor.

Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil G.P. Algar, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

Cuarto.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los Diez Días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrán personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

En Donostia-San Sebastián, 9 de septiembre de 2009.- La Secretario Judicial.

19-02-2009
9597
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 356/2008 referente al deudor G.P. Algar, Sociedad Limitada, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derecho y  la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias,  a su costa.

Segundo.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este  edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en "El Diario Vasco" y "Marca", los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercanitl.

Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Cuarto.- El deudor no ha presentado propuesta de convenio. 

Donostia-San Sebastián a, 11 de febrero de 2009.- La Secretaria Judicial.

27-10-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
PARTE DISPOSITIVA: 1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr. AREITIO ZATARAIN en nombre y representación del deudor "G.P. ALGAR, S.L.". 2.- SE DECLARA EN CONCURSO, QUE TIENE CARÁCTER DE VOLUNTARIO AL DEUDOR "G.P. ALGAR, S.L.". 3.- EL DEUDOR "G.P. ALGAR, S.L." CONSERVARÁ LAS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN SOBRE SU PATRIMONIO, QUEDANDO SOMETIDO EL EJERCICIO DE ÉSTAS A LA INTERVENCIÓN DE LOS ADMINISTRADORES CONCURSALES, MEDIANTE SU AUTORIZACIÓN O CONFORMIDAD. 4.- SE NOMBRAN ADMINISTRADORES DEL CONCURSO, CON LAS FACULTADES EXPRESADAS EN EL PRONUNCIAMIENTO ANTERIOR A LOS SIGUIENTES: lº.- D. EDUARDO COMAS VALLS, D.N.I.: 15.992.721-Q, VECINO DE DONOSTIA (GIPUZKOA) DOMICILIO: Calle MIRACRUZ nº 4-1º DCHA. PROFESIÓN: Economista. FECHA ACEPTACIÓN DEL CARGO: 28 de Octubre de 2008. 2º.- D. JUAN CARLOS QUEL LÓPEZ, D.N.I. 15.968.645. VECINO DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN. DOMICILIO: Avenida DE ISABEL II nº 6 ESC. Da ENTLO. PROFESIÓN: Abogado. FECHA ACEPTACIÓN DEL CARGO: 28 de Octubre de 2008. 3º.- Se designa a "CONSTRUCCIONES Y CIMENTACIONES BEASAIN, S.L.", en quien concurre la condición de acreedor ordinario, representada por D. LUIS JAVIER SALABERRIA ATORRASAGASTI, D.N.I.: 15.875.824-M, VECINO DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN. DOMICILIO: Calle BERGARA nº 2 2º. PROFESIÓN: Economista. FECHA ACEPTACIÓN DEL CARGO: 31 de Octubre de 2008. 5.- Llámense a los acreedores del concursado "G.P. ALGAR, S.L.", para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en los diarios EL DIARIO VASCO y MARCA. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. 6.- Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado y en los diarios de EL DIARIO VASCO Y MARCA. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él. Los respectivos oficios entreguénse al Procurador de la solicitante para su diligenciamiento. 7.- Inscríbase en el Registro Mercantil de la documentación aportada la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre de los administradores. ANÓTESE PREVENTIVAMENTE EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TOLOSA en el folio correspondiente a cada uno de los bienes que se indican, lo acordado sobre las facultades de administración y disposición del deudor con expresión de sus fecha y el nombramiento de los administradores. Descripción de los bienes: 1) Local Industrial y comercial situado en la parcela F del Sector 13 del Polígono Guardi en Idiazabal. Inscrito en el Tomo 2027, Libro 66 de Idiazabal, Folio 83, Finca 3696. 2) La mitad oriental del terreno herbal llamado Sasi-basoa. Inscrito en el Tomo 1940, Libro 211 de Beasain, Folio 89, Finca 452. Una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Los respectivos mandamientos entreguénse al Procurador de la solicitante para su diligenciamiento. 8.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. 9.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. En el presente caso el deber incumbe a los administradores o liquidadores de la persona jurídica, o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores. LOS ADMINISTRADORES SON: D. ANTONIO RODRÍGUEZ CASTRO. 10.- Fórmese la Sección primera del concurso encabezada con la solicitud de su declaración. Así mismo, fórmense las secciones segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este auto. 11.- Se tiene pedida por el deudor la liquidación. 12.- Comuníquese al Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Tolosa, al Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Donostia, al Juzgado Decano de Donostia y al Juzgado Decano de Tolosa la presente declaración de concurso interesando la suspensión de las ejecuciones que se encontraren en tramitación en los órganos citados, anulando, en su caso, las actuaciones practicadas con posterioridad a dicha declaración y comunicando a este Juzgado haberlo verificado, o, en otro caso, exponiendo las razones para no hacerlo. En el oficio remisorio especifíquense, si procede, las ejecuciones que se encuentren en trámite. Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso. Así mismo, notifíquese a FOGASA (artículo 21.5 LC).
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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