EDICTO
Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC.
ANUNCIA
1.- Que en el procedimiento concursal abreviado número 135/13 seguido frente a la mercantil Interdroper, S.L., con CIF: B- 13190905 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por inexistencia de bienes a liquidar en el proceso concursal, no pudiéndose por tanto haber podido liquidar nada y por tanto no han sido abonados créditos algunos, (a salvo de lo relacionado en el antecedente de hecho noveno).
2.- Se acuerda el cese definitivo del Administrador concursal designado, el economista-auditor de cuentas D. CLAUDIO ALBERTO SWIEC TENEBAUM.
3.- Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de la deudora, debiéndose igualmente cancelar la anotación de concurso y de apertura de la fase de liquidación, así como aquellas anotaciones efectuadas como consecuencia de la declaración del concurso, acordándose igualmente la disolución judicial de la mercantil así como la extinción de la citada mercantil con el consiguiente cierre se su hoja registral.
4.- La mercantil concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo, si bien en este supuesto concreto al no existir ya bienes y ordenarse la extinción de la mercantil poco recorrido tendrá esta previsión legal y procesal.
Ciudad Real, 18 de julio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.
Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
1.- Que en la sección primera del concurso n.º 135/2013, referente al deudor "INTERDROPER, S.L." con CIF: B-13190905 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que no se encuentren legalmente personados en autos y que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Ciudad Real, 3 de febrero de 2014.- Secretaria Judicial.
Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 135/2013 y NIG n.º 13034 41 1 2013 0008726, se ha dictado en fecha 18 de noviembre de 2013, auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor "Interdroper, S.L.", con CIF: B-13190905, domicilio en calle Velázquez, n.º 20 de Pedro Muñoz.
2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la concursada quede intervenida por la administración concursal designada al efecto, quedando sometido el ejercicio de tales facultades a su autorización o conformidad, recayendo tal designación en don Calaudio Alberto Swiec Tenenbaum, de profesión Economista-Auditor de Cuentas, con domicilio profesional en Ronda de Granada, n.º 3, Ciudad Real y dirección de correo electrónico interdroper@centroprotecciondatos.net
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 18 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.