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Concurso de acreedores Maria Dolores Formadela Fernandez Enrique Sala Gonzalez Ley 18 1982

El 10-02-2012, Maria Dolores Formadela Fernandez Enrique Sala Gonzalez Ley 18 1982, en TAPIA DE CASARIEGO (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es G33123183.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Maria Dolores Formadela Fernandez Enrique Sala Gonzalez Ley 18 1982
Localidad:
TAPIA DE CASARIEGO
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
G33123183
Número de insolvencia:
G33123183
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ARQUITECTO VILL 4
33740 TAPIA DE CASARIEGO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-04-2012
A120019072
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D. Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil N. 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado en la Sección I Declaración Concurso 25/2012. (Mesa 2) se ha dictado a instancias de los deudores Enrique Sala González DNI núm. 11.019.302W y Obdulia Acera Fernández, DNI núm. 11.033.403G y ambos con domicilio en la C/ Fruela, nº 8, 3ºB, de Oviedo, Auto de Declaración de Concurso Voluntario, en fecha 10 de febrero de 2012.

2º.-Se ha nombrado como Administrador Concursal a D. Ignacio Feito Rodríguez, el cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Melquiades Álvarez, Nº 17, 2ºC, de Oviedo CP 33003, teléfono 985.20.54.70 y la siguiente dirección electrónica: ignacio.feito@riescoabogados.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el administrador Concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el BOE y La Voz de Asturias.

3º.- Los deudores, D. Enrique Sala González y D.ª Obdulia Acera Fernández, conservarán las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

En Oviedo, 7 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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