EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Donostia - San Sebastián, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 694/13-D en el que figura como concursado BOLINGUA BERRI, S.L., se ha dictado el 14 de enero de 2021 auto declarando concluso el concurso reabierto por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa, y el archivo de las actuaciones.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia-San Sebastián, 14 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Raquel Fernández Martínez.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia - UPAD Mercantil,
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 694/2013-D en el que figura como concursado BOLINGUA BERRI, S.L.U., CIF B20928198, se ha dictado el 29 de octubre de 2019 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia-San Sebastián, 30 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Villoslada Torquemada.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 694/2013, en el que figura como concursado "Bolingua Berri, S.L.U.", se ha dictado el 6 de octubre de 2014 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por "Bolingua Berri, S.L.U.", y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 16 de septiembre de 2014. Dicha Sentencia ha sido rectificada por auto de 13 de octubre de 2014.
2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión a los mismos en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Oficina del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
Donostia-San Sebastián, 13 de octubre de 2014.- La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,
Anuncia
1. Que en el procedimiento concursal número 694/2013, referente al concursado BOLINGUA BERRI, S.L.U., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 16 de septiembre de 2014, a las 11:00 horas, en la sala de vistas n.º 14, sita en la planta baja del Palacio de Justicia.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Donostia-San Sebastián, 3 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 694/2013, NIG n.º 20.05.2-13/003023, por auto de 22/7/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bolingua Berri, S.L.U., con CIF: B-20928198, con domicilio en calle Nafarroa, n.º 13, Zarautz, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zarautz.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal está integrada por Norgestión & Audyge Administradores Concursales, S.L. Domicilio postal: P.º de Francia, n.º 4, entlo. izqda., 20012 San Sebastián.
Dirección electrónica: bolingua@nyaconcursal.com
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Donostia-San Sebastián, 23 de julio de 2013.- La Secretario Judicial.