Edicto.
Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,
Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 14/12, por auto de fecha 10 de marzo de 2014, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor "Souto Rodas, Sociedad Limitada", con CIF B-36265643, con domicilio en Pazos Fontenla, 75-A, de Bueu, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de "Souto Rodas, Sociedad Limitada", con CIF B-36265643, con domicilio en Pazos Fontenla, 75-A, de Bueu, con los efectos legales inherentes.
2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los Administradores concursales.
4. Se acuerda la extinción de la sociedad "Souto Rodas, Sociedad Limitada" y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5. Notifiquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6. Únase testimono al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (articulo 177 de la Ley Concursal).
Así lo manda y firma S.S.ª; de lo que doy fe.
El Magistrado-Juez.- El Secretario.
Pontevedra, 12 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.