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Concurso de acreedores terminado Souto Rodas Sl

El 14-02-2012, Souto Rodas Sl, en BUEU (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36265643. La actividad (principal) de Souto Rodas Sl es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Souto Rodas Sl
Localidad:
BUEU
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36265643
Número de insolvencia:
B36265643
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PAZOS FONTENLA 75
36930 BUEU
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-04-2014
A140014697
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 14/12, por auto de fecha 10 de marzo de 2014, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor "Souto Rodas, Sociedad Limitada", con CIF B-36265643, con domicilio en Pazos Fontenla, 75-A, de Bueu, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de "Souto Rodas, Sociedad Limitada", con CIF B-36265643, con domicilio en Pazos Fontenla, 75-A, de Bueu, con los efectos legales inherentes.

2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los Administradores concursales.

4. Se acuerda la extinción de la sociedad "Souto Rodas, Sociedad Limitada" y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5. Notifiquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6. Únase testimono al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (articulo 177 de la Ley Concursal).

Así lo manda y firma S.S.ª; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez.- El Secretario.

Pontevedra, 12 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

04-12-2012
A120081271
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil uno de Pontevedra,

Anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 14/12, referente al concursado Souto Rodas, Sociedad Limitada, con CIF B-36265643, por decreto de fecha 12 de noviembre de 2012 se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Souto Rodas, Sociedad Limitada.

2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

4.- Disolver la entidad concursada Souto Rodas, Sociedad Limitada, y cesar a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial y que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

6.- Inscribir en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de diez días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Pontevedra, 12 de noviembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

03-04-2012
A120018505
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil uno de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración de concurso 14/2012-IF y N.I.G. 36038 47 1 2012/0000021, se ha dictado en fecha 14 de febrero de 2012 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Souto Rodas, Sociedad Limitada, con CIF número B-36.265.643, cuyo centro de interese principal lo tiene en Pazos Fontenla, 75 A, de Bueu.

2º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Don Manuel Pena Gestido, con domicilio postal en plaza Curros Enriquez, 1, oficina 102, 36002 de Pontevedra y dirección electrónica señalada penagestido@economista.org para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletin Oficial del Estado.

4º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.

Pontevedra, 15 de marzo de 2012.- El Secretario.

Informes
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