Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Graficas Ceyde Sl

El 02-10-2012, Graficas Ceyde Sl, en VALVERDE DEL MAJANO (Segovia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SEGOVIA. El número de insolvencia de esta empresa es B40004715. La actividad (principal) de Graficas Ceyde Sl es artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Graficas Ceyde Sl
Localidad:
VALVERDE DEL MAJANO
Provincia:
Segovia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B40004715
Número de insolvencia:
B40004715
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CIPRES - POL INDUSTRIAL NICOMEDES GARC 208
40140 VALVERDE DEL MAJANO
Mostrar en tarjeta
-
CL :
SOMOSIERRA 20
40006 SEGOVIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-03-2019
A190012519
 

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y Mercantil de Segovia.

??Edicto

En este órgano judicial se tramita Sección V Convenio 400/2012, seguido a instancias de Graficas Ceyde, S.L., en los que, por resolución de fecha 28 de junio de 2018 se ha acordado:

Primero.- Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 20 de noviembre de 2013.

Segundo.- Dar la publicidad a la presente resolución por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este órgano judicial, que se hará preferentemente por vía telemática.

Tercero.- Expedir, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, los mandamientos y despachos necesarios.

Cuarto.- Entregar los despachos expedidos al efecto al Procurador Gráficas Ceyde, S.L., a los fines de que se encargue de su diligenciado y gestión.

Quinto.- Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 de la Ley Concursal, sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales.

Segovia, 28 de junio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis María García Aguado.

29-10-2012
A120072578
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don Luis García Aguado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y Mercantil de Segovia, por el presente, hago saber:

Primero. Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 0000400/2012 se ha dictado en fecha 2 de octubre de 2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor "Gráficas Ceyde, Sociedad Limitada", con Código de Identificación Fiscal B40004715, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valverde del Majano (Segovia), calle Ciprés, número 208.

Segundo. Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que tenía el concursado. Se ha designado, como administrador concursal a don Carlos Martín Pérez, con domicilio postal en Segovia, calle Hermanos Barral número 1 y dirección electrónica señalada carlos@martinperez.e.telefonica.net para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

Tercero. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Segovia, 2 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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