Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 832/2012 en el que figura como concursado/a ZIKER, S.L., se ha dictado el 1/12/2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia-San Sebastián, 1 de diciembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Edicto
EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 832/2012 referente al concursado ZIKER, S.L., con DNI B20654273, por auto de fecha 30/01/2013 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la Mercantil ZIKER, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
Donostia-San Sebastián, 30 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña M.ª Isabel Villoslada Torquemada, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donosita - San Sebastián, por el presente,
Hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 832/2012 y NIG n.º 20.05.2-12/010732, se ha dictado en fecha 29 de octubre de 2012, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Ziker, S.L., con B20654273, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Pol. Ind. Umansoro, s/n -20730 Azkoitia- Gipuzkoa.
2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Ángel Toña Güenaga, con domicilio postal en p.º Miraconcha, 25, bajo -20007 Donostia- Gipuzkoa, y dirección electrónica señalada ziker@attest.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Donostia-San Sebastián, 12 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.