Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Regularidad Comercial Levantina Sl.

El 05-09-2019, Regularidad Comercial Levantina Sl., en ALBALAT DELS SORELLS (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B98434681. La actividad (principal) de Regularidad Comercial Levantina Sl. es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Regularidad Comercial Levantina Sl.
Localidad:
ALBALAT DELS SORELLS
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B98434681
Número de insolvencia:
B98434681
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SAGUNT (POL INDUSTRIAL CANTABELLA) 15
46135 ALBALAT DELS SORELLS
Mostrar en tarjeta
-
CL :
THOMAS ALVA EDISON (PQUE TECNOLOGIC) 7
46980 PATERNA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-03-2020
A200013955
 
  • Conclusión del concurso
 

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores 791/2019 habiéndose dictado en fecha 3 de marzo 2020 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario abreviado, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Acuerdo la conclusión del concurso de la mercantil REGULARIDAD COMERCIAL LEVANTINA, S.L. cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.

Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.

Cese en su cargo el administrador concursal, quedando aprobada la rendición final de cuentas.

Notifíquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la misma mediante anuncios que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE, de forma gratuita por inexistencia de bienes.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178.2 Ley Concursal, en relación con los artículos 23 y 24 LC y art. 323 Reglamento del Registro Mercantil.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (artículo 177 Ley Concursal).

Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente.

Valencia, 3 de marzo de 2020.- Letrado Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

23-09-2019
A190051775
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores 791/2019, habiéndose dictado en fecha 5 de septiembre de 2019 por el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario abreviado de acreedores de REGULARIDAD COMERCIAL LEVANTINA, S.L. con CIF B98434681, decretándose la suspensión de las facultades de la mercantil, habiéndose designado Administrador concursal a Don Marcos Edelmiro Fernández Fernández con domicilio profesional en Avenida del Mar Cantábrico 16, Bloque 6, 3 A de Gijón, teléfono 657050524, y correo electrónico mefernandez1976@hotmail.com, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 de la Ley Concursal.

Valencia, 13 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Domenech.

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