El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000111/2013 referente al concursado Estructuras Ona, S.L., con CIF número B 31863319, y domicilio social en Parque Empresarial de Ansoain, c/ Larrazko, 93, de Ansoáin, por auto/decreto de fecha 24 de mayo de 2013 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir de oficio la fase de liquidación de la entidad Esctructuras Ona, S.L., formándose con testimonio de esta resolución la Sección 5.ª, que comprenderá lo relativo a la liquidación, cuyo original se unirá a la Sección 1.ª
2.- Declarar la disolución de la referida sociedad.
3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.
4.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por el administrador concursal designado en este procedimiento, a fin de proceder a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la ley, a cuyo fin deberá presentar en el plazo improrrogable de diez días desde la notificación de la presente resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.
5.- Dése publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios del Juzgado.
6.- Una vez firme la presente, expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.
Hágase entrega de los despachos al procurador de la concursada para que cuide de su diligenciado, una vez sea firme la presente, cosa que deberá acreditar a este Juzgado en el plazo de diez días.
Modo de impugnación.- Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante el Secretario Judicial que la dictó, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirán el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC)
Pamplona/Iruña, 24 de mayo de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.