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Concurso de acreedores terminado Persona física

El 13-05-2011, Persona física, en BONASTRE (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es 39663988M. La actividad (principal) de Persona física es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
BONASTRE
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
39663988M
Número de insolvencia:
39663988M
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MIG 30
43884 BONASTRE
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MIG 32
43884 BONASTRE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-03-2012
A120017383
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente,

Hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de don Ramón Mercadé Riambau (CIF 39663988-M), seguidos en este Juzgado con el n.º 98/2011, se ha dictado en fecha 09/03/12 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

" Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de don Ramón Mercadé Riambau, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 98/2011 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente Auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este juzgado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Civil de Bonastre, para la cancelación, en la Inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales e igualmente expídase mandamiento al Registro de la Propiedad n.º 1 de El Vendrell donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día. Líbrense para ello los correspondientes oficios y mandamientos para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma doña Ainhoa Sagardia Peñagaricano, Jueza en sustitución del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 9 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

25-05-2011
39430
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 98/2011 se ha dictado en fecha 13/05/11 Auto de declaración de concurso voluntario de don Ramón Mercadé Riambau, con DNI 39663988-M y domicilio en C/ del Mig, 30-32, 1º, de Bonastre (Tarragona), representado por la procuradora doña Purificación García Díaz y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Luis Ojeda Arnal la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 13 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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