Don Antonio Jaramillo Hernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Zamora con funciones exclusivas en materia mercantil por el presente,
Hago saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial CNA CONCURSO ABREVIADO 0000698 /2009 y NIG n.º 49275 41 1 2009 0004132, del deudor Eñe de Cedilla Cash & Carry, S.L., con CIF n.º B49240575, con domicilio en Zamora, Polígono Los Llanos, 41, se ha dictado en fecha 01/10/2020 auto n.º 146 en la que se ha acordado, entre otros, lo siguiente:
Se declara concluida la fase de liquidación del concurso de Eñe de Cedilla Cash & Carry, S.L. y, en consecuencia, la conclusión del concurso de dicha mercantil.
Se declaran aprobadas las cuentas rendidas por la Administradora concursal.
Se declara extinguida la mercantil Eñe de Cedilla Cash & Carry, S.L., procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.
Zamora, 1 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Antonio Jaramillo Hernández.
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia de Zamora, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 0000698/2009 referente al concursado Eñe de Cedilla Cash & Carry, S.L., con domicilio social en el Polígono Los Llanos 41 de Zamora, y CIF núm. B49240575, por auto de fecha 26-02-10 se ha acordado lo siguiente:
1º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2º.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3º.- Se ha declarado disuelta la referida sociedad, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Zamora, 26 de febrero de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia número dos de Zamora, con función exclusiva en materia mercantil, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento concursal número 0000698/2009 referente al deudor Eñe de Cedilla Cash & Carry, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2º.- Dentro del plazo de cinco días, a contar desde la notificación a que se refiere el apartado 2 del art. 95 de la Ley Concursal, las partes personadas, podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores. Para los demás interesados que se consideren perjudicados, el plazo de cinco días se computará desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en tablón de anuncios de este Juzgado.
3º.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Zamora, 15 de diciembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Zamora con competencia exclusiva en materia mercantil, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 698/2009, por auto de 9 de octubre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Eñe de Cedilla Cash & Carry, S.L., con domicilio social en Polígono Los Llanos, 41 de Zamora y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Zamora.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Zamora, 13 de octubre de 2009.- El/La Secretario Judicial.