Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Inver Acimut Fuerteventura Sl

El 30-07-2015, Inver Acimut Fuerteventura Sl, en TIAS (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35689165. La actividad (principal) de Inver Acimut Fuerteventura Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Inver Acimut Fuerteventura Sl
Localidad:
TIAS
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35689165
Número de insolvencia:
B35689165
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
GUANAPAY (AP 104. PTO DEL CARMEN) 6
35572 TIAS
Mostrar en tarjeta
-
CL :
GUANAPAY 5
35510 PUERTO DEL CARMEN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-01-2016
A150054137
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

D.º Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000303/2015, seguido a instancias de la Procuradora D.ª Petra del Carmen Ramos Pérez, en nombre y representación de INVER ACIMUT FUERTEVENTURA, S.L.U., EN LIQUIDACIÓN, se ha dictado Auto el día 2 de diciembre de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la conclusión del concurso de la mercantil INVER ACIMUT FUERTEVENTURA (EN LIQUIDACIÓN), con CIF B-35.689.165 por inexistencia de bienes (176 BIS LC) declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica INVER ACIMUT FUERTEVENTURA (EN LIQUIDACIÓN) con CIF B-35.689.165 y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme. Procédase al pago de créditos conforme al orden expuesto por ley.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LEC).

Notifíquese esta resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y dése a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

En cuanto a la rendición de cuentas de la AC la misma deberá contener el siguiente contenido mínimo con carácter obligatorio:

En caso de que no se hayan pagado todos los créditos contra la masa, relación de créditos contra la masa pagados y pendientes de pago, concepto, importe de cada uno, fecha de vencimiento y, en su caso, fecha de pago.

Detalle de los movimientos de tesorería, con especificación de todos los cobros y pagos efectuados y concepto de cada uno, tanto por medio de operaciones en entidades financieras como, en su caso, en efectivo.

3, Libro diario con todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa desde la aceptación del cargo o, en caso de que no fuere posible por causa no imputable al administrador concursal, desde la apertura de la fase de liquidación.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

22-09-2015
A150040006
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000303/2015, seguido a instancias de la Procuradora doña Petra del Carmen Ramos Pérez, en nombre y representación de INVER ACIMUT FUERTEVENTURA S.L.U. EN LIQUIDACION, se ha dictado Auto el día 30 de julio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de INVER ACIMUT FUERTEVENTURA S.L.U. EN LIQUIDACION, con CIF B-35.689.165, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y en el "Boletín Oficial del Estado".

Se designa como Administrador del concurso a: Don Miguel Ángel Ramírez Delgado, como Economista, el cual ha designado como domicilio profesional c/ Venegas, 65, 6.º A, 35003 Las Palmas de Gran Canaria, teléfono y fax 928.29.70.14, así como dirección electrónica: maramirez@marauditores.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: Su intervernción.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 9 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos