Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Ingenieria Y Montajes Itsaslan, Sl

El 09-05-2008, Ingenieria Y Montajes Itsaslan, Sl, en SAN VICENTE DE BARAKALDO (Vizcaya) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B48923189. La actividad (principal) de Ingenieria Y Montajes Itsaslan, Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ingenieria Y Montajes Itsaslan, Sl
Localidad:
SAN VICENTE DE BARAKALDO
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B48923189
Número de insolvencia:
B48923189
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MUGURUZA (LO NJ A) 13
48901 SAN VICENTE DE BARAKALDO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-10-2014
A140051477
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Bilbao (Vizcaya), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.° Que en el procedimiento número 191/08, por auto de 02/09/2014 se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor ITSASLAN, S.L., CIF: B48923189, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto 416/2014.

Juez que lo dicta: D. Marcos Bermúdez Ávila.

Lugar: Bilbao (Vizcaya).

Fecha: Dos de septiembre de dos mil catorce.

Parte dispositiva

1. Se declara concluso el procedimiento concursal número 191/2008, referente al deudor Itsaslan, S.L., CIF: B48923189 por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3. Se declara que el deudor ITSASLAN, S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

4. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil de Vizcaya a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

5. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

6. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de la masa activa.

7. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

9. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S. S.ª. Doy fe.

Bilbao (Vizcaya), 2 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

03-11-2009
78621
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Vizcaya), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 191/08 referente al concursado Itsaslan, S.L., con NIF B48923189 por auto de fecha 19/10/09 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.-Se ha acordado el cese de los liquidadores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Vizcaya), 22 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

29-05-2009
40521
 
  • Aprobación del convenio
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao (Vizcaya), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 1/08, referente al deudor Itsaslan, S. L., se ha dictado el 28 de abril de 2009 sentencia, aprobando judicialmente el convenio propuesto anticipadamente por el deudor.

El convenio está de manifiesto en Secretaría para quienes acrediten interés en su conocimiento.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Vizcaya que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el BOE y el diario "El Correo".

La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Vizcaya), 29 de abril de 2009.- El/La Secretario Judicial.

26-01-2009
3306
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia:

Primero.–Que en el procedimiento concursal número 191/08 referente al deudor "Itsaslan Sociedad Limitada", se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.–Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el diario "El Correo", los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Tercero.–Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Cuarto.–El deudor si ha presentado propuesta anticipada de convenio y por la Administración Concursal se ha presentado escrito de evaluación favorable de la propuesta de convenio.

Dado en Bilbao (Bizkaia), 15 de enero de 2009.- La Secretario Judicial.

09-05-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos