Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, num. 2, de Valencia, por el presente
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado [CNA] - 954/2011, de la deudora Concursada Silver Mine Center 21, S.L., con CIF n.º B53706370, con domicilio en la Polígono Industrial, n.º 1, carretera de La Base, km 7, Marines (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 10 de enero de 2020, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 10 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª José Roig Sapiña.
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia,
De conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario número 954/11, habiéndose dictado en fecha 21 de septiembre de 2011, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, auto de declaración de concurso de acreedores de Silver Mine Center 21, S.L., con domicilio en Polígono Industrial n.º 1 Carretera de la Base, km 7, Marines (Valencia) y CIF n.º B-53706370, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 7447, libro 4748, folio 32, hoja V-89.112.
Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 21 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.