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Concurso de acreedores terminado Construccions Rebujent Sa

El 03-06-2013, Construccions Rebujent Sa, en SANT GREGORI (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es A17070335. La actividad (principal) de Construccions Rebujent Sa es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construccions Rebujent Sa
Localidad:
SANT GREGORI
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A17070335
Número de insolvencia:
A17070335
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CAN FUSTE 0
17150 SANT GREGORI
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-02-2021
A210004899
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Dª Alicia De La Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el Concurso voluntario abreviado nº 303/2013 se dictó en fecha 13 de enero de 2021 un auto por el que se ha declarado la conclusión del concurso de la sociedad Construccions Rebujent, S.A., con CIF A17070335, con domicilio en calle Fusters n.º 10-12 de Sant Gregori (Girona).

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481 TRLC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada.

Girona, 18 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia De La Torre Duñaiturria.

11-11-2020
A200054098
 

Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Girona,

Hago saber que: En el concurso voluntario abreviado n.º 303/2013, se dictó en fecha 4 de septiembre de 2020, un auto por el que se ha declarado el cumplimiento íntegro del convenio suscrito por la parte concursada Construccions Rebujent, S.A., con CIF A17070335, con sus acreedores y que fue aprobado por sentencia de 27 de noviembre de 2014.

Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá sol.licitar del juez la declaración de incumplimiento (art. 402, Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, Texto refundido de la Ley Concursal).

La acción para sol.licitar la declaración de incumplimiento del convenio podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los 2 meses contados desde la publicación publicación del auto de cumplimiento (art. 403, Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, Texto refundido de la Ley Concursal).

Girona, 16 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

03-07-2013
A130038059
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Don Jose Antonio Marquinez Beitia Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado:

Número de asunto: 303/2013.

Fecha del auto de declaración: 3 de junio de 2013.

Clase de concurso: voluntario abreviado.

Entidad concursada: Construccions Rebujent, S.A.

CIF de la concursada: A-17070335.

Domicilio de la concursada: Calle Fusters, 10-12 de Sant Gregori (Girona).

Administrador concursal: C.D Auditors Auditoria i Consulting, S.L.

- Dirección postal: Calle Ultonia n.º 2 bajos de Girona CP: 17002.

- Dirección electrónica: ac-auditors@gestiogirona.com

Regimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante abogado y procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona (Avda. Ramon Folch núm. 4-6 de 17001 - Girona).

Girona, 13 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

Informes
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