Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Construcciones El Marquesat Levantino Sl (Extinguida)

El 28-01-2010, Construcciones El Marquesat Levantino Sl (Extinguida), en CATADAU (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B96990882. La actividad (principal) de Construcciones El Marquesat Levantino Sl (Extinguida) es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones El Marquesat Levantino Sl (Extinguida)
Localidad:
CATADAU
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B96990882
Número de insolvencia:
B96990882
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
NUEVA, 58 - BJ DR 0
46196 CATADAU
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ENGUERA 19
46018 VALENCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-05-2014
A140023836
 
  • Conclusión del concurso
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 1510/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Construcciones y Promociones Ferrumar 2002 S.L., Gestión Inmobiliaria Aledua 2000, S.L., Construcciones El Marquesat Levantino, S.L. y Promociones La Rochosa, S.L., con CIF n.º B-97250666, B-97032973, B-96990882 y B-96994025, con domicilio en la avenida Pais Valencià, 38, Llombai (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 20 de noviembre de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.)

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 20 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

06-04-2011
22682
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado 1510/2009, voluntario, de la deudora Concursada Construcciones y Promociones Ferrumar 2002, S.L., Estudios Técnicos Icea, S.L., Gestión Inmobiliaria Aledua 2000, S.L., Promociones La Huerta 2002, S.L., Construcciones el Marquesat Levantino, S.L., Promociones La Rochosa, S.L. y Sumicontrol, S.L., con CIF n.º B-97250666, B-97180780, B-97032973, B-97104558, B-96990882, B-96994025 y B-97180780, con domicilio en la Avenida País Valenciá, 38, Llombai (Valencia), Avenida País Valenciá, 38, Llombai (Valencia), Avenida País Valencià, 38, Llombai (Valencia), Avenida País Valencià, 38, Llombai (Valencia), Calle Nueva, 58, Catadau (Valencia), Avenida País Valencià, 38, Llombai (Valencia) y Avenida País Valencià, 38, Llombai (Valencia), respectivamente, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 14 de marzo de 2011 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previsto en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 14 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

18-02-2010
9021
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado Voluntario nº 1510/2009, habiéndose dictado en fecha 28 de enero de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Estudios Técnicos Icea, S.L. con domicilio en Avda. País Valencia, 38, de Llombai (Valencia) y CIF nº B-97180780, Gestión Inmobiliaria Aledua 2000, S.L., con domicilio en Avda. País Valencia, 38 de Llombai (Valencia) y CIF nº B-97032973, Promociones La Huerta 2002, S.L., con domicilio en Avda. País Valencia, 38, de Llombai (Valencia) y CIF nº B-97104558 y Construcciones El Marquesat Levantino, S.L., con domicilio en c/ Nueva, 58, de Caladau (Valencia) y CIF nº B-96990882, inscritas en el Registro Mercantil de esta Provincia.

Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el B.O.E. puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 28 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

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