Don José María Valls Soriano, Secretario en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 350/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Alutesa Penedes, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso Voluntario 350/2013, Secc. C5.
NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2013 8000033.
Entidad concursada.- Alutesa Pendes, S.L., con CIF n.º B63276075.
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha del auto de declaración.- 3 de junio de 2013.
Administrador/es concursal/es.- doña Elisa Valle Solano, con domicilio en Av. Diagonal, 640, 4.º 2.ª, 08021 Barcelona (Barcelona), correo electrónico smrcons@smrcons.com y n.º de teléfono 934142426.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 13 de junio de 2013.- El Secretario.