Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Marmolejo Sc L

El 19-02-2013, Marmolejo Sc L, en BERLANGA (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es F06323893. La actividad (principal) de Marmolejo Sc L es industria de la alimentación.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Marmolejo Sc L
Localidad:
BERLANGA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
F06323893
Número de insolvencia:
F06323893
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
POLIGONO INDUSTRIAL MARMOLEJO 0
06930 BERLANGA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-06-2014
A140030627
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

Anuncia:

Que en el presente concurso voluntario abreviado n.º 1/13, referente a la concursada MARMOLEJO, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA con CIF n.º F-06323893 se ha dictado sentencia n.º 110/14, de fecha 30 de mayo de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del contenido literal siguiente:

Sentencia n.º 110/14.

Juez que la dicta: Doña Esther Sara Vila.

Lugar: Badajoz.

Fecha: 30 de mayo de 2014.

Vistos por el Ilmo. Sr./Sra. D./D.ª Esther Sara Vila, Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, los presentes autos de procedimiento Sección V Convenio 1/2013, del concursado MARMOLEJO, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA, con CIF n.º F-06323893, representado por el Procurador de los Tribunales, Sr./a. Enrique Martínez Gutiérrez, y defendido por el Letrado D. José Antonio Rey Serrano.

Fallo:

1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por MARMOLEJO, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA, que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2. Se acuerda el cese en su cargo del Administrador concursal. Hágasele saber que deberá presentar su rendición de cuentas de su entera actuación en el plazo de un mes.

3. Hágase saber a la concursada su obligación de informar con periodicidad semestral contada desde la fecha de esta sentencia, acerca del cumplimiento del convenio.

4. Notifíquese la sentencia al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

5. Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios de este Tribunal.

6. Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia, cuando la misma sea firme.

7. Se acuerda la formación de la Sección de Calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

8. Conforme establece el art. 133.1 y 133.2 de la Ley Concursal, el convenio adquirirá eficacia desde la fecha de la sentencia que lo apruebe, salvo que el Juez por razón del contenido del convenio, acuerde de oficio, o a instancia de parte, retrasar esa eficacia a la fecha en que la aprobación alcance firmeza. Desde la eficacia del convenio cesarán todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos, por los que en su caso se establezcan en el propio convenio, salvo los deberes de colaboración e información establecidos en el art. 42, que subsistirán hasta la conclusión del procedimiento.

Badajoz, 30 de mayo de 2014.- La Secretaria judicial.

08-02-2014
A140004063
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,

1. Que en el procedimiento concursal n.º 1/2013, referente a la concursada Marmolejo, Sociedad Cooperativa Limitada (CIF F06323893), se ha acordado suspender la Junta de Acreedores señalada para el 29 de enero de 2014, a las 10,00 horas, y señalar nuevamente para que tenga lugar la Junta de Acreedores el día 23 de abril de 2014, a las 10,00 horas en la Sala de Audiencias del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, sito en c/ Castillo Puebla de Alcocer, n.º 20 bajo de Badajoz.

2. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la LC.

Badajoz, 27 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

21-10-2013
A130057267
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,

1.- Que en el procedimiento concursal número 1/2013 referente a la concursada Marmolejo, Sociedad Cooperativa Limitada (CIF F-06323893), se ha acordado suspender la Junta de Acreedores señalada para el 22 de octubre de 2013 a las 10,00 horas, y señalar nuevamente para que tenga lugar la Junta de Acreedores el día 29 de enero de 2014 a las 10,00 horas e la Sala de Audiencias del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, sito en calle Castillo Puebla de Alcocer, número 20, bajo, de Badajoz.

2.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la LC.

Badajoz, 10 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

09-07-2013
A130040087
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

D./D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

A n u n c i a

1.- Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 0000001/2013 referente al concursado Marmolejo S.COOP.L. con CIF n.º F06323893 se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 22 de octubre de 2013 a las 10,00 horas en sala de vista tercera de este juzgado.

2.- Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por la deudora Marmolejo S.COOP.L. Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la L C.

Badajoz, 27 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

22-04-2013
A130018773
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración Concurso Abreviado Voluntario número 1/2013, referente al deudor Marmolejo S. Coop. L. CIF F-06323893 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Badajoz, 10 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

28-02-2013
A130009322
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 1/13 sección primera declaración concurso se ha dictado en fecha 19 de febrero de 2013 auto de declaración de concurso abreviado voluntario del Marmolejo, Sociedad Cooperativa Limitada, CIF N.º F-06323893, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Berlanga (Badajoz), polígono Industrial Marmolejo, s/n.

2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designado, como Administración concursal al letrado don Jorge Antonio Palacios Rodríguez, con domicilio C/ Ronda del Pilar, 75, de 06002 Badajoz y dirección electrónica señalada jpalaciosrod@hotmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Badajoz, 20 de febrero de 2013.- La Secretaria judicial.

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