D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
1. Que en la sección V liquidación 0000831/2011 referente al concursado División de Aislamientos Inteca S.L., se ha puesto de manifiesto en la oficina judicial, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
2. El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince dias, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.
Cáceres, 12 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres,
Anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 831/2011, referente al concursado División de Aislamientos Inteca, S.L., por auto de fecha 22-06-2012, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil División de Aislamientos Inteca, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Cáceres, 22 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.
D/Dª. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000831/2011, referente al deudor División de Aislamientos Inteca, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Cáceres, 12 de enero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000831/2011 se ha dictado en fecha 21-10-2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor División de Aislamientos Inteca, S.L., con C.I.F. numero B-10373488, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Malpartida de Plasencia (Cáceres).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, característivas y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del titulo o de los documentos relativos al crédito.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Cáceres, 21 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.