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Concurso de acreedores Division De Aislamientos Inteca Sl

El 21-10-2011, Division De Aislamientos Inteca Sl, en MALPARTIDA DE PLASENCIA (Cáceres) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CÁCERES. El número de insolvencia de esta empresa es B10373488. La actividad (principal) de Division De Aislamientos Inteca Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Division De Aislamientos Inteca Sl
Localidad:
MALPARTIDA DE PLASENCIA
Provincia:
Cáceres
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B10373488
Número de insolvencia:
B10373488
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
PG INDUSTRIAL MOLINO DE VIENTO - PARC 1 B 0
10680 MALPARTIDA DE PLASENCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-10-2012
A120064045
 
  • Plan de liquidación
 

D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:

1. Que en la sección V liquidación 0000831/2011 referente al concursado División de Aislamientos Inteca S.L., se ha puesto de manifiesto en la oficina judicial, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.

2. El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince dias, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Cáceres, 12 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

12-07-2012
A120050141
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres,

Anuncia: Que en la Sección I Declaración Concurso 831/2011, referente al concursado División de Aislamientos Inteca, S.L., por auto de fecha 22-06-2012, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha declarado disuelta la mercantil División de Aislamientos Inteca, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Cáceres, 22 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

28-01-2012
A120003264
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

D/Dª. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000831/2011, referente al deudor División de Aislamientos Inteca, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Cáceres, 12 de enero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

29-11-2011
86009
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000831/2011 se ha dictado en fecha 21-10-2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor División de Aislamientos Inteca, S.L., con C.I.F. numero B-10373488, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Malpartida de Plasencia (Cáceres).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, característivas y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del titulo o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Cáceres, 21 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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