Edicto
Doña M.ª Jesús López Marín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal 540/2012-B, referente al concursado Aloc 2008 Construcciones, S.L., con CIF B99225781, por auto de fecha 30-1-2014, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la Administración Concursal formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil Aloc 2008 Construcciones, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Zaragoza, 30 de enero de 2014.- La Secretaria judicial.
Edicto
El órgano judicial del Juzgado de lo mercantil n.º 2 de Zaragoza en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40.4 de la Ley Concursal,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número sección I, declaración concurso 540/2012-B, en el que figura como deudor Aloc 2008 Construcciones, S.L.U., con CIF B-99225781, por auto de 22 de julio de 2013, se ha cambiado la situación de aquel en relación a las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, que han quedado de la forma siguiente:
El deudor ha quedado suspendido en las facultades de administración y disposición de su patrimonio, que han sido sustituidas por la administración concursal.
Zaragoza, 22 de julio de 2013.- La Secretaria judicial.
Edicto
Doña María Jaén Bayarte, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:
1.- Que en el sección I, declaración concurso 540/2012-B, referente al deudor Aloc 2008 Construcciones, S.L.U., con CIF B-99225781, se ha presentado informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la ultima de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (articulo 184.3 de la LC).
4.-El Administrador concursal es: Don Antonio García Trasobares, plaza Aragón, n.º 11, pral. izda., de Zaragoza, correo electrónico: agarciatrasobares@juristemas.com.
Zaragoza, 23 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
Edicto.
Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 540/2012-B y NIG n.º 5029747120120001021 se ha dictado en fecha 10 de diciembre de 2012 auto de declaración de concurso voluntario y abreviado del deudor Aloc 2008 Construcciones, S.L.U., en liquidación, con CIF B-99225781, cuyo domicilio lo tiene en calle Andrés Duarte, número 40, de Alagón (Zaragoza).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
Se ha designado, como administrador concursal a don Antonio García Trasobares, con domicilio postal en Plaza Aragón, número 11, principal, izquierda, de Zaragoza, y teléfono 976.21.20.67 y dirección electrónica señalada: agarciatrasobares@juristemas.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.
Zaragoza, 10 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.