Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Salinas De Antigua Services Sl

El 19-01-2016, Salinas De Antigua Services Sl, en ANTIGUA (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35892561. La actividad (principal) de Salinas De Antigua Services Sl es actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Salinas De Antigua Services Sl
Localidad:
ANTIGUA
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B35892561
Número de insolvencia:
B35892561
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
FV-2, KM 12 0
35630 ANTIGUA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-02-2018
A180012071
 

EDICTO

D.ª Águeda Reyes Almeida, Letrado Judicial del Juzgado Mercantil nº 2 de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 42/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de SALINAS DE ANTIGUA SERVICES, S.L. con C.I.F. B-35892561, SURTISER, S.L. con C.I.F. B-36322717 y ENSEÑERÍA GALEGA SOLAR, S.L. con C.I.F. B-36452753, se ha dictado Auto de fecha 6 de febrero de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se proceda a la conclusión del concurso de SALINAS DE ANTIGUA SERVICES, S.L. con C.I.F. B-35892561, SURTISER, S.L. con C.I.F. B-36322717 y ENSEÑERÍA GALEGA SOLAR, S.L. con C.I.F. B-36452753 por insuficiencia de bienes del art. 176 de la LC declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistente sque en su caso se hayan acordado, acordando la extinción de las personas jurídicas y1 disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda.

Se procede a la aprobación de Rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal con respecto a dichas concursadas.

Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado librándose para ello el edicto correspondiente.

Procédase a la publicación de la presente el Registro Mercantil o en el Registro que conforme a la Ley corresponda librándose para ello el oportuno mandamiento.

Entréguense los despachos que no puedan hacerse telemáticamente al Procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, debiendo de acreditarlo a este Juzgado.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

28-01-2016
A160001949
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el presente concurso se ha acumulado el procedimiento concursal nº 609/15 seguido a instancias de la Procuradora Dña. Margarita Martín Rodríguez en nombre y representación de Salinas de Antigua Services, S.L., se han dictado Auto el día 18 de diciembre de 2015, en cuya parte dispositiva consta, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Salinas de Antigua Services S.L. con CIF, n.º B35892561, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a la mercantil Alamar Estudio Jurídico, SLP con domicilio social en la calle Conde Salvatierra, n.º 11, 2.º, 46004 Valencia, telf.: 963.525.250 y Fax: 963.940.700, correo electrónico salinasas@alamar.es.

El deudor respecto a su patrimonio, conservará las facultades de administración y disposición, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de enero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos