Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:
Que en el procedimiento número 549/2009-9, por Auto de fecha 4 de abril de 2019, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor: COPREVEGA, con CIF B91205880.
La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente:
Parte Dispositiva.
Acuerdo:
1. La conclusión del proceso concursal de COPREVEGA, con CIF B91205880 llevado en este mismo juzgado con el n.º 549/2009-9.
Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la AC.
2. El cese del Administrador Concursal designado, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de 5 días, entregando la credencial.
3. La declaración de extinción de la sociedad COPREVEGA, con CIF B91205880 y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
4. Notificar el extracto de esta resolución en el BOE.
Sevilla, 23 de abril de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Galvez Muñoz.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia:
1.º-Que en el procedimiento número 549/09, por auto de fecha de 28 de mayo de 2009, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor "Coprevega, S.L.", con C.I.F.B91205880 y domicilio en CM. de la Vega, s/n, Alcalá del Río.
2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es de UN MES a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asisitidos de Letrado (artículo 184.3.LC)
Sevilla, 28 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.