Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal n.º 857/2011 (NIG: 2906742M20110000849) referente al concursado CONSTRUCCIONES MIGUEL REBOLLO, S.L. con CIF n.º B29109550, se ha dictado auto de fecha 8/02/2019 acordando la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en ese momento. Asimismo acuerda la extinción de la sociedad. Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Málaga, 13 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
Edicto
EL Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga de Málaga,
Anuncia
1.-Que en el procedimiento concursal 857/2011 se ha dictado sentencia de fecha 30 de julio de 2012 aprobando judicialemente el convenio propuesto por "Construcciones Miguel Rebollo, S.L." (CIF B-29109550) aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 16 de julio de 2012.
2.-La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento. Cualquier acreedor podrá hacer uso de la facultad del art. 140 de la LC.
3.-La sentencia ordena la formación de la sección sexta de este concurso, y en el plazo de diez días, cualquier acreedor o persona que acredite interese legitimo podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
4.-Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga que debe interponerse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en el tablón de anuncios de este Juzgado así como en el "Boletín Oficial del Estado".
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto n.º 2218, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código '02', de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Málaga, 3 de septiembre de 2012.- El Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia:
1. Que el procedimiento concursal número 857/2011 referente al concursado Construcciones Miguel Rebollo, S.L. se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 16 de julio de 2012, a las diez horas, en la Sala de vistas de este Juzgado.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.
3. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.
4. Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC.
Málaga, 24 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.
Edicto
Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 857/2011 referente al deudor Construcciones Miguel Rebollo, NIF B-29.109.550 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Málaga, 13 de diciembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 857/2011, por auto de 14 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Miguel Rebollo, con CIF B-29109550, domicilio en calle Herrezuelos, 1, Antequera, Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Málaga, 22 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.