Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.),
Anuncia:
Concurso de acreedores 811/11.
Decido la conclusión del concurso de acreedores de la Sociedad Promociones Morce Almuñécar, S.L., con CIF: B-18623066, y en consecuencia:
Primero: La extinción de la persona jurídica con cancelación de la inscripción en dicho registro a cuyo efecto se librará mandamiento para la misma una vez firme la presente que se entregará a la solicitante debiendo cumplimentarlo en un plazo de cinco días y entregarlo en este Juzgado.
Segundo: Requerir al Administrador concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro Mercantil aporte al Juzgado su acreditación de Administrador cesando en ese momento en sus funciones.
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Granada, 28 de enero de 2014.- El Secretario.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 882/2011, con NIG 1808742M20110000980, por auto de 29/2/12 se ha declarado en concurso al deudor Promociones Morce Almuñecar, S.L., con CIF núm. B-18623066 y domicilio en Urbanizacion Los Pinos, s/n, Almuñécar, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Jaime Vilella González con domicilio postal en calle Recogidas, n.º 8, 5.º C, y dirección de correo electrónico 4502@icagr.es.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicacion en el Boletín Oficial del Estado, habiéndose ordenado también su publicación en la Sección Especial de Edictos Concursales del Portal de Internet del Registro Mercantil.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
5.º Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es https://www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp.
Granada, 12 de junio de 2012.- El Secretario.