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Concurso de acreedores terminado Carpinteria Metalica Jumalleve Sl

El 10-12-2012, Carpinteria Metalica Jumalleve Sl, en AGUIMES (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35488725. La actividad (principal) de Carpinteria Metalica Jumalleve Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Carpinteria Metalica Jumalleve Sl
Localidad:
AGUIMES
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35488725
Número de insolvencia:
B35488725
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BREZO 0
35260 AGUIMES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
01-02-2019
A190004829
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas,

Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 81/2012, se ha dictado en fecha 8 de octubre de 2018 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Carpintería Metálica Jumalleve, S.L., con CIF B-35488725, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la conclusión del concurso de CARPINTERÍA METÁLICA JUMALLEVE, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Se acuerda la extinción de la sociedad CARPINTERÍA METÁLICA JUMALLEVE, S.L., con CIF B-25488725, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. La sociedad figura inscrita al Tomo 1344, Folio 145, Hoja GC-18050.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Doña Águeda Reyes Almeida.

05-08-2013
A130044616
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 81/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Carpintería Metálica Jumalleve, S.L., y CIF nº B35488725, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.

30-01-2013
A130003152
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 81/2012, seguido a instancias del Procuradora doña María Elena Perdomo Luz, en nombre y representación de Carpintería Metálica Jumalleve, S.L., se ha dictado Auto el día 10 de diciembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Carpintería Metalica Jumalleve, S.L., con CIF, número B25488725, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Jaime Domínguez Salgado, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Carretera General del Centro, número 174, Tafira Alta, y código postal 35017, teléfono 928.35.12.00 y FAX 928.26.24.33 así como Dirección electrónica mundiaudit@mundiaudit.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de enero de 2013.- Secretaria Judicial.

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