El 01-01-0001, Estructuras Alameda Sl, en ALAMEDA (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B92603075. La actividad (principal) de Estructuras Alameda Sl es construcción de edificios.
Se ha abierto la fase de liquidación.
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Nombre:
Estructuras Alameda Sl
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B92603075
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Apertura de la fase de liquidación
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 273/11 Sección 273.05/2011 referente al concursado Estructuras Alameda, S.L., por auto de fecha 18 de marzo de 2013, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en sus funciones de Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Málaga, 18 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1Bis, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento n.º 273/2011, por auto de 18 de abril del 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Estructuras Alameda, S.L.", con N.I.F B-92603075, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Málaga.
2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos en la forma y con los los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es del de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.184.3 L.C).Se hace saber a los interesados que de conformidad con los artículos 184 y 185 de la L.C., deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta,haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.
Málaga, 28 de abril de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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