Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Josnar-Construccions Sl

El 10-11-2010, Josnar-Construccions Sl, en SANTA COLOMA DE FARNERS (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17352196. La actividad (principal) de Josnar-Construccions Sl es construcción de edificios.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Josnar-Construccions Sl
Localidad:
SANTA COLOMA DE FARNERS
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17352196
Número de insolvencia:
B17352196
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SANTA BARBARA 11
17430 SANTA COLOMA DE FARNERS
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-12-2015
A150055003
 

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 642/2010, se ha acordado mediante Auto de fecha 7 de diciembre de 2015, el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario únicamente de la mercantil JOSNAR CONSTRUCCIONS, S.L., con CIF B-17352196, con domicilio en C/ Santa Bárbara, n.º 11, de Santa Coloma de Farners (Girona).

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la LC, en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 9 de diciembre de 2015.- Letrado de la Admón. de Justicia.

14-07-2011
55541
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario abreviado n.º 642/2010, se ha acordado mediante diligencia de este fecha la firmeza de la Sentencia dictada en fecha 6 de junio de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Primero.- Que debo a probar y apruebo el convenio obtenido en la Junta General de acreedores de fecha 19 de mayo de 2011 en el Concurso voluntario de las mercantiles JOSNAR CONSTRUCCIONS, S.L., y JOSNAR COLOMER PROMOCINS, S.L.

Segundo.- Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio y sin perjuicio delos deberes generales que para el deudor establece el art. 42 de la L.C.

Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 163. 1,1.º del L.C. procede formar la sección sexta, de calificación del concurso, toda vez que el convenio aprobado establece para todos los acreedores una quita superior de un tercio del importe de sus créditos y una espera superior a tres años.

Tercero.- Una vez firme la presente resolución líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Girona para que de conformidad con lo dispuesto en el art. 132 en relación con el art. 24 de la LC inscriba la Sentencia aprobando el convenio en la hoja de las mercantiles JOSNAR CONSTRUCCIONS, S.L., y JOSNAR COLOMER PROMOCIONS, S.L.

Dese a la presente Sentencia la publicidad prevista en los art. 23 y 24 de la LC. Y para la efectividad de lo acordado publíquese la misma en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado, expidiéndose los oportunos oficios y edictos los cuales serán entregados a la procuradora Sra. Anna Juandó Agusti, una vez firme esta resolución.

Cuarto.- No se verifica una expresa imposición en materia de costas procesales.

Modo de impugnación: Mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Girona (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de la que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Girona, a 6 de junio de 2011.

En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 1 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

28-03-2011
16696
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Girona, hago saber:

Que en el expediente de concurso voluntario abreviado n.º 642/10, se ha acordado en virtud del auto dictado en fecha 7 de marzo de 2011, la convocatoria judicial de Junta de acreedores de las mercantiles concursadas "Josnar Construccions, S.L.", con CIF B-17352196, y "Josnar Colomer Promocions, S.L.", con CIF B-17904111, para el próximo día 19 de mayo de 2011 a las 10 horas, que se celebrará en la sala de audiencias de este Juzgado.

Se hace saber a las concursadas y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta veinte días antes de la celebración de la Junta.

Y para que sirva de publicación, expido el presente edicto.

Girona, 7 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

27-11-2010
85245
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia número 6, con funciones de Mercantil de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento Concurso voluntar abreviado nº 642/10, por auto de fecha 10 de noviembre de 2010 se ha declarado en concurso, a los deudores Josnar Construccions, S.L., con CIF nº B-17352196 y Josnar Colomer Promocions, S.L., con CIF nº B-17904111 y domicilio ambos en c/ Santa Bárbara, nº 11 de Santa Coloma de Farners (Girona) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Girona.

2º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

3º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

4º.- Que la/el concursada/o Josnar Construccions, S.L. y Josnar Colomer Promocions, S.L. conservan las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los administrador/es concursal/es, mediante su autorización o conformidad.

Girona, 10 de noviembre de 2010.- Secretario Judicial, José Antonio Marquinez Beitia.

Informes
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