Doña Ana Eisman Curto, Secretaria judicial en sustitución del Juzgado Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 981/2012, en el que se ha dictado, con fecha 21 de diciembre de 2012, auto declarando en estado de concurso a la entidad Sistemas BAL, S.A., con CIF A08374332 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2011-8004548.
Tipo de concurso: Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Sistemas BAL, S.A., con domicilio en Polígono Industrial Mas d´en Pi, carrer A, parcela, de El Bruc.
Administrador concursal: Addvanteconcursal, S.L.P., con domicilio en Barcelona, avenida Diagonal, n.º 482, 1.ª pl., con correo electrónico concursal@addvante.com.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 21 de diciembre de 2012.- La Secretaria judicial. Fd.: Ana Eisman Curto.