Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Instalaciones Puigcerver Sl

El 22-07-2010, Instalaciones Puigcerver Sl, en SANT CARLES DE LA RAPITA (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es B43383280. La actividad (principal) de Instalaciones Puigcerver Sl es actividades de construcción especializada.
Se ha abierto la fase de liquidación.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Instalaciones Puigcerver Sl
Localidad:
SANT CARLES DE LA RAPITA
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B43383280
Número de insolvencia:
B43383280
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DE VALENCIA 9
43540 SANT CARLES DE LA RAPITA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-04-2014
A140016928
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Don Joan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Tarragona,

Por el presente hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 276/2010-3 de concurso de la mercantil INSTALACIONES PUIGCERVER, S.L. (CIF B43383280), se ha dictado en fecha 25-3-2014 Auto de apertura de la liquidación de la mercantil concursada, habiendo recaído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:

"Se declara incumplido el convenio aprobado en este concurso entre la concursada y sus acreedores en fecha 9 de diciembre de 2011 y se abre la fase de liquidación de INSTALACIONES PUIGCERVER, S.L., con todos los efectos inherentes a la apertura de la liquidación:

a) Se suspenden las facultades de administración y disposición de la concursada.

b) Se declara disuelta la sociedad concursada y se ordena el cese en el ejercicio de su cargo de los administradores o liquidadores, que serán sustituídos por la Administración concursal.

c) Se requiere a la concursadaa fin de que en el plazo de cinco dias presente la totalidad de la documentación prevista en el art. 6 LC, adaptada a este momento procesal, en concreto:

- Una lista de acreedores posteriores a la aprobación del convenio y de los acreedores contra la masa en el momento de aprobación del convenio y/o no sujetos al convenio que no hayan sido satisfechos hasta la fecha con expresión de su filiación completa, fecha de vencimiento e importe del crédito de cada uno, y, en su caso, garantías otorgadas.

- Inventario de bienes y drechos con todas las menciones exigidas por el artículo 6 LC.

- Últimas cuentas anuales depositadas y balance de situación.

- Número de trabajadores, mensualidades adeudadas y filiación de su legal representante en su caso.

- Litigios en curso.

- Memoria de las causas determinantes del incumplimiento del convenio.

d) Publíquese esta resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para anotar la apertura de la fase de liquidación, la suspensión acordada, la disolución de la sociedad, el cese de sus administradores y el nombramiento de la Administración concursal. e) Dése posesión nuevamente de su cargo a los administradores concursales, citándoles para la aceptación del cargo en el plazo de cinco días.

f) Requiérase a la Administración concursal a fin de que en el plazo de UN MES a contar desde que el requerimiento a la concursada sea evacuado, presente un informe comprensivo de la lista de nuevos acreedores, el inventario actualizado y el resto de menciones previstas en el artículo 75 LC aunque limitadas al período de tiempo transcurrido desde la aprobación del convenio.

g) Resueltas las impugnaciones que puedan formularse al mismo y elevado el informe previsional a defnitivio, se resolverá sobre la presentanción del plan de liquidación. Notifíquese la presente resolución a la concursada, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco dias a partir del siguiente a su notificación, previa la constitución del depósito correspondiente. Así lo acuerdo y firmo". Signifíquese que los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración concursal en el domicilio sito en la Rambla Nova, 37, 1.º, 2.ª, 43001 de Tarragona y en el email "i.puigcerver@arqued.es", en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente

Tarragona, 7 de abril de 2014.- El Secretario judicial.

06-04-2013
A130016255
 
  • Cese de los Administradores
 

D. Joan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente hago saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 276/2010 se ha dictado en fecha 9-12-11 Sentencia aprobatoria de convenio, con la siguiente parte dispositiva:

"Debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario Instalaciones Puigcerver, S.L, que fue aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 28 de Septiembre de 2011 y que consta parcialmente en el Antecedente de Hecho Tercero de la presente Resolución.

Se decreta el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes del deudor de comparecer ante este Juzgado tantas veces sea requerido, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

Se decreta el cese del administrador concursal, debiéndose requerir a los miembros integrantes de la administración concursal a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución al Juez del concurso.

Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado e igualmente expídanse mandamientos a los Registros de la Propiedad donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor y en los que se anotó preventivamente en el folio correspondiente a cada uno de ellos la intervención o, en su caso, la suspensión de sus facultades de administración y disposición, con expresión de la fecha de esta sentencia y del convenio aprobado, líbrense, igualmente mandamientos al Registro Mercantil para su inscripción.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Tarragona (artículo 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. (artículo 457.2 LECn Ley 37/2011 de 10 de Octubre).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente

Tarragona, 25 de marzo de 2013.- El Secretario judicial.

12-08-2010
59058
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 276/2010 se ha dictado en fecha Auto de declaración de concurso voluntario de Instalaciones Puigcerver, S.L., con CIF n.º B43383280, y domicilio social en San Carlos de la Ràpita (Tarragona), calle Valencia, n.º 9, representada por el procurador Don Jose M.ª Solé Tomás y defendida por el Letrado Don Sergi Font i Fàbregas, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal D. Luis Arqued Alsina la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 22 de julio de 2010.- El Secretario Judicial.

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