Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba,
Anuncia
1.- Que en el procedimiento concursal número 1097/2014 referente al concursado Talleres Dorado, S.L. con CIF nº B14072391, por resolución de fecha 24 de abril 2017, se ha acordado lo siguiente:
Aprobar el plan de liquidación realizado por la administración concursal en los términos en que se ha presentado.
Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anunciará por edictos que se publicarán en el BoletÃn Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
Dentro de los diez dÃas siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legÃtimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 24 de abril de 2017.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1097/2014 referente al concursado Talleres Dorado, S.L., con CIF B14072391, por auto del dÃa de la fecha se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación a petición del deudor.
2. Quedan en suspenso las facultades del administrador la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil Talleres Dorado, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Córdoba, 14 de febrero de 2017.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 1097/2014 referente al deudor Talleres Dorado, S.L., con CIF n.º B14072391, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Jugado de lo Mercantil.
3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Córdoba, 16 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1. Que en el procedimiento número 1097/14-C2, con NIG 1402142M20140001165, por auto de fecha 07/11/14 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Talleres Dorado, S.L., con CIF n.º B14072391 y domicilio en calle Mayor, n.º 69, Pozoblanco (Córdoba) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.
2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3. Se ha nombrado Administrador concursal a don Enrique Fernández Henares.
4. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. Deberán remitir los créditos a la dirección postal facilitada por el administrador concursal en plaza de las Tendillas, n.º 5, planta 3.ª, Córdoba, o por correo electrónico a la siguiente dirección: enrique@oykos.es
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Córdoba, 17 de noviembre de 2014.- El/La Secretario Judicial.