Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Formadi Sl

El 15-04-2013, Formadi Sl, en NAJERA (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26073445. La actividad (principal) de Formadi Sl es fabricación de muebles.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Formadi Sl
Localidad:
NAJERA
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B26073445
Número de insolvencia:
B26073445
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
TRICIO (PARAJE MARIN CALVO) 0
26300 NAJERA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-10-2016
A160073449
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y Mercantil de Logroño (La Rioja), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 324/13, NIG 26089 42 1 2013 0001988, por auto de fecha cuatro de octubre de dos mil dieciséis se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil FORMADI, S.L., con CIF B26073445 y domicilio social en Carretera de Tricio, s/n, de Tricio (La Rioja), inscrita en un primer momento como sociedad anónima en el Registro Mercantil La Rioja al tomo 323, folio 181, hoja LO-2899, transformándose posteriormente en sociedad de responsabilidad limitada, cambiando los datos de inscripción registral de la sociedad que pasaron a estar inscritos en la hoja LO-2899, tomo 323, folio 181. Asimismo, se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, habiéndose satisfecho los créditos contra la masa.

2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.

3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de FORMADI, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal.

Logroño, 4 de octubre de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.

25-11-2013
A130064778
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de primera instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 324/2013c referente a la entidad Formadi, S.L., con fecha doce de noviembre de dos mil trece se ha dictado Auto, mediante el cual se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal de Formadi, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

2.- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la Ley Concursal.

3.- Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de La Rioja, a fin de que se lleve a cabo la correspondiente inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley Concursal.

4.- Se acuerda la formación de la sección sexta, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del Juez, del informe y de los textos definitivos. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en la Ley Concursal, se va a otorgar al auto que aprueba el plan de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

5.- Anúnciese por edictos la presente resolución por la que se aprueba el plan de liquidación, así como la formación de la sección sexta (de calificación del concurso), que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

6.- Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.

Logroño, 12 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

20-07-2013
A130041229
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de la Rioja, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 324/2013, referente a la entidad "Formadi, S.L.", instado por la Procuradora Sra. Paula Cid Monreal, en nombre y representación de "Formadi, S.L.", con CIF B26073445, y domicilio social en carretera de Tricio, s/n, de Tricio (La Rioja). Inscrita en un primer momento como sociedad anónima en el Registro Mercantil La Rioja al tomo 323, folio 181, hoja LO-2899, transformándose posteriormente en sociedad de responsabilidad limitada, cambiando los datos de inscripción registral de la sociedad que pasaron a estar inscritos en la hoja LO-2899, tomo 323, folio 181, por Auto de fecha 2 de julio de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor y de la Administración concursal, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1 de la Ley Concursal, formándose la sección quinta del concurso.

2. La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursas sobre su patrimonio.

3. La disolución de las entidades concursas, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

4. En el plazo de diez días computados desde la notificación del Auto antedicho la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la LC.

5. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Este edicto se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 2 de julio de 2013.- La Secretaria.

15-07-2013
A130041222
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia:

1.- Que en la sección I, declaración concurso 324/2013, referente al deudor Formadi, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal y la lista de acreedores.

dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Logroño, 25 de junio de 2013.- La Secretaria.

17-06-2013
A130035511
 

Edicto de adición

Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia N.º 6 de Logroño, y de lo Mercantil de La Rioja,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramita Sección I declaración de concurso Voluntario Abreviado 324/2013, a instancia de Formadi, SL, representado por el Procurador Sra. Paula Cid Monreal.

Por la presente se comunica que en el Edicto publicado en el BOE en fecha 3 de junio de 2013 donde dice: "acformadi@demiquelaguirre.com" debe decir: acformadi@demiguelaguirre.com

Logroño, 4 de junio de 2013.- La Secretaria judicial.

03-06-2013
A130032292
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Dª María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el presente, hago saber:

1.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 324/2013 Sección I declaración Concurso Voluntario Abreviado y Nig nº 26089 42 1 2013 0001988, se ha dictado en fecha 15 de Abril de 2013, Auto de declaración de Concurso del deudor Formadi, S.L., con domicilio social en Tricio (La Rioja), Carretera de Tricio, s/n y CIF B-26073445.

2.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la persona fisica José Manuel Pérez Domínguez, habiendo comparecido a aceptar el cargo, con domicilio profesional en Logroño, Calle Gran Vía, nº 14, 4º A, y dirección electrónica señalada, acformadi@demiquelaguirre.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 25 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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