Edicto.
Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento n.º 37/10 por auto de fecha 23 de junio de 2010 se declaró en concurso voluntario al deudor "Gonlar Promociones Fuentelsaz, S.L.", con CIF: B-83985069.
2.º Que con fecha 10 de octubre de 2012 se ha dictado resolución por la que se acuerda:
1. Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2. Se acuerda la extinción de la entidad "Gonlar Promociones Fuentelsaz, S.L.", con CIF: B-83985069, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 19999, folio 189, hoja M-352650 y el cierre de su hoja de inscripción registral para los que expedirá mandamiento al Registro Mercantil de Madrid.
3. A la presente resolución, que se comunicará a las partes personadas, se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 y la contemplada para la declaración del concurso, anunciándose mediante edictos que se publicaran en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín Oficial del Estado", así como la establecida en el artículo 24 de la Ley Concursal.
4. Quedan subsistentes los créditos de la concursada. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Madrid, 10 de octubre de 2012.- El Secretario judicial.
Edicto.
Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento n.º 37/2010, por auto de fecha 23 de junio de 2010, se ha declarado en concurso necesario al deudor "Gonlar Promociones Fuentelsaz, S.L.", con CIF: B-83985069.
Segundo.-Que el deudor queda suspendido de sus facultades de administración y disposición y sustituido por la administración concursal.
Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).
Madrid, 23 de junio de 2010.- La Secretario Judicial.