EDICTO
Don Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia, de Juzgado Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres,
ANUNCIA
Que en el concurso 0000620/2011, referente al concursado Industrial Extremeña, S.A., por auto de fecha 18-07-2019, se ha acordado lo siguiente:
1.-Declarar a conclusión del concurso, por estar en el supuesto de insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.-La extinción de la sociedad Industrial Extremeña, S.A., con CIF A1000688, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros que corresponda con expedición de mandamiento conteniendo testimonio de resolución firme.
3.-La aprobación de la rendición de cuentas del administrador concursal D. Francisco Ramos Salgado.
4.-Archivar definitivamente las actuaciones.
Cáceres, 22 de julio de 2019.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Juan Fernando Montero Manchado.
Edicto.
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
1.- Que en el sección V liquidación 0000620/2011 referente al concursado Industrial Extremeña, S.A., se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
2.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.
Cáceres, 1 de diciembre de 2014.- El/la Secretario Judicial.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
Que en el sección I declaración concurso 0000620/2011, referente al concursado Industrial Extremeña, S.A., por autos 14-10-2014, se ha declarado lo siguiente:
1. Abrir a fase de liquidación del concurso por incumplimiento del convenio.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil Industrial Extremeña, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. Se acuerda reponer en el cargo de administrador concursal a Don Francisco Ramos Salgado.
5. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso culpable.
Cáceres, 14 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.
Edicto.
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
1. Que en el sección V convenio 620/2011 en el que figura como concursado "Industrial Extremeña, S.A.", se ha dictado el día 21 de septiembre de 2012, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada "Industrial Extremeña, S.A." y aceptado por la Junta de acreedores celebrada el día 11 de julio de 2012.
2. El convenio está de manifiesto en la oficina judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que debe prepararse mediante escrito presentado en este órgano judicial en el plazo de veinte días computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el "BOE" y en el Tablón de anuncios de la oficina judicial.
4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Cáceres, 21 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Cáceres, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 620/2011, referente al concursado Industrial Extremeña, S.A., se ha convocado Junta de Acreedores, que se celebrará el día 11 de julio de 2012, a las 10,00 horas, en la sala 1 del Palacio de Justicia de Cáceres, sito en la Avda de la Constitución, s/n.
2. Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta las propuestas de convenio presentado/s por la concursada.
Dichas propuestas junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en esta oficina judicial.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados, en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Cáceres, 9 de mayo de 2012.- Secretario Judicial.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción y Mercantil de Cáceres, anuncia:
1- Que en el Sección I Declaración de Concurso 620/2011 referente al deudor Industrial Extremeña, Sociedad Anónima, con cif A-10006880, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la ley concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa.
2- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el boletín oficial del estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la ley concursal).
Cáceres, 22 de septiembre de 2011.- Secretario Judicial.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Cáceres, por el presente, hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 620/2011 se ha dictado en fecha 16 de junio de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Industrial Extremeña, Sociedad Anónima, con CIF número A-10006880, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plasencia.
2.º-Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley concursal).
Cáceres, 16 de junio de 2011.- Secretario Judicial.