El 11-03-2010, Miberba Alcazar, Sl, en ALCAZAR DE SAN JUAN (Ciudad Real) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13294970. La actividad (principal) de Miberba Alcazar, Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Nombre:
Miberba Alcazar, Sl
Localidad:
ALCAZAR DE SAN JUAN
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B13294970
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Conclusión por insuficiencia de masa activa
EDICTO
Don JOSE MANUEL TORRES BRAOS, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC,
ANUNCIA
1.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 686/2009, seguido frente a la mercantil, MIBERBA ALCÁZAR, S.L., con CIF. nº. B-13294970, con domicilio en Alcázar de San Juan, por auto de fecha 7 de mayo de 2020 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes.
2.- Se acuerda el cese definitivo de la Administración concursal designada, don ALFONSO GÓMEZ MORÁN MARTÍNEZ, con aprobación de las cuentas presentadas.
3.- Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, procediendo la extinción de la mercantil, así como el cierre de su hoja registral.
4.- La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares.
Ciudad Real, 4 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.
- Cese de los Administradores
- Finalización de la fase común
- Apertura de la fase de liquidación
- Apertura de la sección quinta
- Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,
Anuncia:
Que en los autos de concurso abreviado voluntario 686/2009 seguidos en este Juzgado y referentes al entidad concursada "MIBERBA ALCÁZAR, S.L.", con CIF. n.º: B-13294970, por auto de fecha 23-09-14, se ha acordado lo siguiente:
1.º Declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal.
2.º Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.º Durante la fase de liquidación se suspenderán las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
4.º Se declara disuelta la sociedad, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
5.º Se acuerda el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Ciudad Real, 23 de septiembre de 2014.- Secretaria Judicial.
- Presentación del Informe de la administración concursal
- Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1. Que en la Sección I Declaración de Concurso de los autos de Concurso Abreviado Necesario n.º 0000686/2009-A, seguidos en este Juzgado a la entidad deudora Miberba Alcázar, S.L., con CIF n.º B-13294970, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Ciudad Real, 28 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en el procedimiento concursal número 0686/2009-A, seguido contra "Miberba Alcázar, S.L.", por auto de fecha 15/11/12 se ha dejado sin efecto el nombramiento del letrado de don Juan Santiago Hernández, como administrador concursal a dicho procedimiento por renuncia expresa del mismo.
2.º Igualmente en dicha resolución se ha nombrado como administrador concursal al letrado don Alfonso Gómez-Morán Martínez, aceptando su cargo en fecha 21 de noviembre de 2012.
Lo que se hace saber a los interesados por público y general conocimiento.
Ciudad Real, 22 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso
- Cese de los Administradores
Edicto.
El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:
1º.- Que en el procedimiento concursal número 0686/2009-A, por auto de fecha 11-03-2010 se ha declarado en situación de concurso necesario a la entidad deudora Miberba Alcazar, S.L., con CIF. n.º B-13294970 y domicilio social en la calle Alcalde Francisco Paniagua, nº 013 de la localidad de Alcazar de San Juan (Ciudad Real), que coincide con el centro de sus principales intereses.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3º.- Que los acreedores de la entidad concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 23 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial, Antonio Gutiérrez Cardenete.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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