Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Fuerteventura Mar Sociedad Limitada.

El 22-03-2010, Fuerteventura Mar Sociedad Limitada., en ANTIGUA (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35292937. La actividad (principal) de Fuerteventura Mar Sociedad Limitada. es construcción de edificios.
Se ha presentado la propuesta de convenio.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Fuerteventura Mar Sociedad Limitada.
Localidad:
ANTIGUA
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B35292937
Número de insolvencia:
B35292937
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DEL CASTILLO 0
35630 ANTIGUA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-11-2012
A120074882
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

EDICTO

D./Dña. Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente

Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000013/2010, seguido en virtud de la declaración de concurso de D./Dña. Fuerteventura Mar S.L.U. y CIF n.º B35292937, se ha dictado Sentencia de fecha 13 de julio de 2012, que establece en su parte dispositiva lo siguiente:

Apruebo la propuesta de convenio presentada en el presente expediente de concurso voluntario por el Procurador doña RUTH ARENCIBIA, en nombre y representación de Fuerteventura Mar, SLU, votada a favor en la Junta de Acreedores de 11 de julio de 2012, produciendo efectos desde la fecha de la presente sentencia. Los efectos recogidos en el auto de declaración de concurso de 22 de marzo de 2010 se verán sustituidos por los del convenio.

Se acuerda el cese de la Administración Concursal, la cual deberá rendir cuentas de su gestión en el plazo de quince días.

El convenio vinculará al deudor y a los acreedores ordinarios y subordinados, respecto de los créditos que fuesen anteriores a la declaración de concurso, siendo que los acreedores subordinados quedarán afectados por las mismas quitas y esperas establecidas en el convenio para los ordinarios, pero los plazos de espera se computarán a partir del íntegro cumplimiento del convenio respecto de estos últimos.

Subsisten los derechos frente a los obligados solidariamente con el concursado y frente a sus fiadores o avalistas, quienes no podrán invocar ni la aprobación ni los efectos del convenio en perjuicio de aquellos, respecto de los acreedores que no hubiesen votado a favor del convenio.

Los créditos de los acreedores privilegiados que hubiesen votado a favor del convenio, los de los acreedores ordinarios y los de los subordinados quedarán extinguidos en la parte a que alcance la quita, aplazados en su exigibilidad por el tiempo de espera y, en general, afectados por el contenido del convenio.

Se impone a los concursados la obligación de presentar semestralmente informe acerca del cumplimiento de lo términos del convenio, así uno final, cuando se entiendan cumplimentados los pactos alcanzados.

Anúnciese por edictos la aprobación del convenio, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado e inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes.

Para que sirva a efectos de notificación..

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de octubre de 2012.- Secretario Judicial.

02-04-2012
A120017139
 
  • Finalización de la fase común
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Edicto.

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000013/2010, seguido en virtud de la declaración de concurso de la entidad mercantil Fuerteventura Mar, S.L.U., con el C.I.F: B-35292937, se ha dictado en el día de hoy Auto, declarando finalizada la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo 11 de Julio de 2012, a las 13:30 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.

Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal.

Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.

24-06-2010
47818
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000013/2010, seguido en virtud de la declaración de concurso de Fuerteventura Mar, S.L.U., B-35292937, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 9 de junio de 2010.- Secretaria Judicial.

30-03-2010
19015
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 0000013/2010, seguido a instancias de la Procuradora doña Ruth Arencibia Afonso, en nombre y representación de Fuerteventura Mar, S.L.U., con el C.I.F.:B- 35292937, se ha dictado Auto el día 22 de marzo de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Fuerteventura Mar, S.L.U., con C.I.F.:B-35292937, el que se tramitará por el procedimiento Abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designan como Administradores del concurso al Letrado don Mario Ghosn Santana.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto de 27 de marzo de 2009 por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero.-Secretaria.-Firmado y rubricado.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de marzo de 2010.- Secretaria Judicial.

30-03-2010
19015
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 0000013/2010, seguido a instancias de la Procuradora doña Ruth Arencibia Afonso, en nombre y representación de Fuerteventura Mar, S.L.U., con el C.I.F.:B- 35292937, se ha dictado Auto el día 22 de marzo de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Fuerteventura Mar, S.L.U., con C.I.F.:B-35292937, el que se tramitará por el procedimiento Abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designan como Administradores del concurso al Letrado don Mario Ghosn Santana.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda Intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto de 27 de marzo de 2009 por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero.-Secretaria.-Firmado y rubricado.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de marzo de 2010.- Secretaria Judicial.

Informes
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