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Concurso de acreedores Frodo Sl

El 25-03-2009, Frodo Sl, en PIERA (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B58245226. La actividad (principal) de Frodo Sl es actividades inmobiliarias.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Frodo Sl
Localidad:
PIERA
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B58245226
Número de insolvencia:
B58245226
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FOLCH I TORRES 27
08784 PIERA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
25-10-2010
75776
 
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Doña María Aranzazu Alameda López Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 3 Barcelona

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 197/2009-C5 actuaciones de Concurso voluntario a instancia de Frodo, S.L. representado por el Procurador/a Sr/a. Josefa Manzanares Corominas en los que se ha acordado dar publicidad a la Sentencia firme dictada en fecha 10 de junio de 2010 por la que se aprueba el convenio de acreedores de la sociedad antes indicada cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Frodo, S.L. sometido a votación el 19 de mayo de 2010, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicitada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso, sin necesidad de publicidad del edicto en diario de difusión provincial.

No hay condena en costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Barcelona, 4 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.

19-06-2009
48206
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña M. ARÁNZAZU ALAMEDA LÓPEZ, Secretaria del Juzgado Mercantil n° 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

NÚMERO DE ASUNTO.- Concurso voluntario 197/2009 Sección C5.

ENTIDAD CONCURSADA.- FRODO S.L, con CIF n° B58245226, y con domicilio sito en C. Folch i Torres 27-29 de Piera (Barcelona).

FECHA DEL AUTO DE DECLARACIÓN. - 25 de marzo de 2009.

ADMINISTRADORES CONCURSALES. - D/doña JORGE VERDAGUER LÓPEZ (economista), con correo electrónico verdaguer@denverabogados.com Don MIQUEL VERDAGUER PUIG (abogado), con correo electrónico verdaguer-gamell@telefonica.net y la entidad mercantil MASQUE, S.L. como administrador acreedor.

FACULTADES DEL CONCURSADO.- INTERVENIDA.

LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES; Disponen del plazo de UN MES desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursales la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal, dichos créditos deberán ir dirigidos a la unidad de apoyo concursal sito en Barcelona (08010) Ronda Sant Pere n° 41 5ª planta. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaria del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.

Barcelona, 27 de marzo de 2009.- La Secretaria Judicial.

Informes
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