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Concurso de acreedores Tecnowey Sl

El 29-01-2020, Tecnowey Sl, en TORREJON DE ARDOZ (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B81182461. La actividad (principal) de Tecnowey Sl es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p..
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tecnowey Sl
Localidad:
TORREJON DE ARDOZ
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B81182461
Número de insolvencia:
B81182461
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PRIMAVERA (POL INDUSTRIAL LAS MONJAS) 10
28850 TORREJON DE ARDOZ
Mostrar en tarjeta
-
CM :
MEJORADA 6
28850 TORREJON DE ARDOZ
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-02-2020
A200011013
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid

Hace saber:

1.- Que en el Concurso Abreviado 2140/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0237265, por auto de fecha 29/01/2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a TECNOWEY, S.L., con nº de identificación B81182461, y domiciliado en CALLE:

Primavera, nº 10 (Polígono Industrial Las Monjas), Torrejón de Ardoz-28850- (Madrid)

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es D. TRINIDAD ROIG FARRAN, con domicilio profesional en C/ Velázquez, 14- 1º Dcha. 28001 (Madrid) y con la dirección de correo electrónico smrcons@smrcons.com ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 25 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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