Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Imprenta El Tablero Sl (En Liquidacion)

El 14-12-2011, Imprenta El Tablero Sl (En Liquidacion), en EL TABLERO (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35810175. La actividad (principal) de Imprenta El Tablero Sl (En Liquidacion) es artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Imprenta El Tablero Sl (En Liquidacion)
Localidad:
EL TABLERO
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35810175
Número de insolvencia:
B35810175
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SAN SALVADOR, ED INFO CAN 0
35109 EL TABLERO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-05-2019
A190029065
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil Nº 1 de Las Palmas, por el presente

Hace saber: que en el procedimiento concursal número 50/2011, se ha dictado en fecha 30 de abril de 2019 auto declarando la conclusión del concurso de las entidades mercantiles EDITORIAL INFO CANARIAS, S.L., con CIF nº B35348796, IMPRENTA EL TABLERO, S.L., con CIFB-35810175; y CALL BY CALL CANARIAS S.L., con CIF B-35551829, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:

Se declara la conclusión del concurso de Editorial Info Canarias S.L., Imprenta El Tablero S.L., y Call by Call Canarias S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Se acuerda la extinción de las mercantiles Editorial Info Canarias S.L., Imprenta El Tablero S.L., y Call by Call Canarias S.L., y se acuerda la cancelación de sus respectivas inscripciones en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

09-08-2014
A140040636
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
 

Edicto

En el procedimiento concurso abreviado 50/2011, editorial Info Canarias, S.L., C.I.F.: B-35348796; Imprenta El Tablero, S.L., C.I.F.: B-35810175, y Call By Call Canarias, S.L., C.I.F.: B-35551829, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Dada cuenta:

Primero.-Que en los presentes autos de Procedimiento Concursal, con número de registro 0000050/2011, se pusieron de manifiesto en secretaria, el plan de liquidación presentado por la Administración concursal, sin que en plazo establecido legalmente de quince días, se haya presentado escrito de formulación de observaciones o propuestas de modificación del mencionado plan.

Dispongo:

Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal en sus propios términos. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguiente de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC).

Y para darle a dicha resolución la publicidad necesaria, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de julio de 2014.- Secretaria Judicial.

21-03-2013
A130012581
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento Concurso Abreviado 50/2011 "Editorial Info Canarias, S.L.", CIFf B-35348796, "Imprenta El Tablero, S.L.", CIF B-35810175 y "Call by Call Canarias, S.L.", CIF B-35551829, seguido en este Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado Auto de fecha 07/03/2013 en la Sección 1.ª cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Se acuerda la apertura de la fase liquidación.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se declara la disolución de las entidades concursadas y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo, deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.

Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.

Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al/la concursado/a, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal. cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento.

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita."

Y para poder dar la publicidad necesaria a dicho Auto, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 7 de marzo de 2013.- Secretaria Judicial.

29-05-2012
A120034436
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Cédula de notificación.

En el procedimiento Concurso Abreviado 50/2011 "Editorial Info Canarias, S.L." cif B-35348796, "Imprenta El Tablero, S.L." cif B-35810175 y "Call by Call Canarias, S.L." cif B-35551829, seguido en este Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado Auto de fecha 11/05/2012 en la Sección 1ª cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición patrimonial del administrador social de las concursadas Editorial Info Canarias, S.L., Imprenta El Tablero, S.L., y Call By Call Canarias, S.L., las que serán sustituidas por la actuación del administrador concursal.

2.- Publíquese y asiéntese registralmente el cambio de facultades de la administración concursal como se efectuó con la declaración del concurso.

Asimismo, emítanse nuevas credenciales para el administrador concursal en las que aparezcan las nuevas funciones de administración por sustitución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que no es firme ya que contra la misma cabe interponer por escrito Recurso de Reposición en el término de cinco días, contados a partir del siguiente a su notificación (artículo 188.3 CL).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita".

Y para poder dar la publicidad necesaria a dicho Auto, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

09-05-2012
A120027165
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000050/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Editorial Info Canarias, S.L., cif B35348796, Imprenta El Tablero, S.L., cif B35810175 y Call by Call Canarias, S.L., cif B35551829, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 25 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.

28-12-2011
92250
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

D/ña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de los Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000050/2011, seguido a instancias del Procurador/a D. Ivo Baeza Stanicic, en nombre y representación de Call by Call Canarias, S.L., Editorial Info Canarias, S.L. e Imprenta el Tablero, S.L., se ha dictado Auto el día 14 de diciembre de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Call by Call Canarias, S.L., con CIF B35551829, Editorial Info Canarias, S.L., con CIF B35348796 e Imprenta el Tablero, S.L., con CIF B35810175, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Pablo Alsó Marrero, como Abogado, don Guillermo Marrero de la Nuez, como Economista.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 16 de diciembre de 2011.- Secretaria Judicial.

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