El 07-09-2012, Pavimentos Bedua Sl, en ZUMAIA (guipúzcoa) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SAN SEBASTIÃN. El número de insolvencia de esta empresa es B20915062. La actividad (principal) de Pavimentos Bedua Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Pavimentos Bedua Sl
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B20915062
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal número 598/2012-F en el que figura como concursada PAVIMENTOS BEDUA, S.L., CIF B20915062, se ha dictado el 5 de marzo de 2018 Auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Asà mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurÃdica deudora.
Dicho Auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
 
Donostia-San Sebastián, 5 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Auto de declaración de concurso voluntario
- Cese de los Administradores
Edicto
Doña María Isabel Villoslada Torquemada, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia - San Sebastián,
Por el presente hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 598/2012 y NIG n.º 20.05.2-12/007674 se ha dictado en fecha 07/09/2012, Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Pavimentos Bedua, S.L., con B20915062, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zumaia.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a Begoña Paternottre Echeverría, con domicilio postal en Av. de la Libertad 18, 5.º y dirección electrónica señalada b.paternottre@pdgasesores.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Donostia - San Sebastián, 6 de septiembre de 2012.- La Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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