Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Encorioja S.L.

El 09-02-2009, Encorioja S.L., en ARNEDO (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26396457. La actividad (principal) de Encorioja S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Encorioja S.L.
Localidad:
ARNEDO
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B26396457
Número de insolvencia:
B26396457
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JUAN CARLOS I 0
26580 ARNEDO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-03-2014
A140013002
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

D.ª María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 153/2009, NIG: 26089 42 1 2009 0000973, por auto de fecha 12 de marzo de 2014 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a ENCORIOJA, S.L., con domicilio social en Parque Santa Juliana, n.º 7, bajo, de Logroño, y CIF B26396457.

Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de los concursados con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.

3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de ENCORIOJA, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 12 de marzo de 2014.- La Secretaria judicial.

17-07-2010
53379
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña María Asunción Gonzalez Elías, Secretaria del Juzgado de 1.ª Instancia número 6 de Logroño, y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 153/2009 referente al concursado Encorioja, S.L., por auto de fecha 29 de Junio de 2010 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose las secciones quinta y sexta del concurso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre el patrimonio.

3.- La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.- En el plazo de quince días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la L.C.

5.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

De conformidad con lo estipulado en el art. 168 de la L.C., dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

Este edicto se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 29 de junio de 2010.- La Secretario Judicial.

07-07-2009
52671
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia:

1-Que en el procedimiento concursal 153/09 referente al deudor Encorioja, Sociedad Limitada, con CIF B 26396457 y domicilio social en Parque Santa Juliana 7 bajo de Logroña (La Rioja), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos puedes ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.

2-Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Logroño, 15 de junio de 2009.- La Secretario Judicial.

12-03-2009
14640
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de primera Instancia 6 de Logroño y mercantil de la Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal, anuncia:

1.-Que en el procedimiento número 153/09 por Auto de fecha 9 de febrero de 2009 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Encorioja, Sociedad Limitada, con domicilio social en Parque Santa Juliana, 7 -bajo, de Logroño, y CIF B-26396457.

2.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BOE y en el periódico Correo Español edición Rioja.

4.-Que los acreedores del concursado que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (articulo 184.3 Ley concursal).

Logroño, 9 de febrero de 2009.- La Secretario Judicial.

Informes
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