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Concurso de acreedores terminado Temas Gestion Sl

El 03-02-2010, Temas Gestion Sl, en ALCASSER (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B96616594. La actividad (principal) de Temas Gestion Sl es servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Temas Gestion Sl
Localidad:
ALCASSER
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B96616594
Número de insolvencia:
B96616594
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Entidades financieras
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ALTER L CL DELS FUSTERS 0
46290 ALCASSER
Mostrar en tarjeta
-
CM :
BARRANCO 0
46469 BENIPARRELL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-07-2015
A150030319
 
  • Conclusión del concurso
 

Don JORGE VÍCTOR IGLESIAS DE BAYA, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso ordinario - 000077/2010 voluntario, de la deudora Concursada, TEMAS GESTIÓN, S.L., con CIF n.º B96616594, con domicilio en la calle Dels Fusters, s/n., Alcácer, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha diecisiete de junio de dos mil quince por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declara nuevo concurso (art. 178 de la LC).

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 17 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.

20-02-2010
10410
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal ordinario voluntario 77/10, habiéndose dictado en fecha 3 de febrero de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de:

Univermoble, S.A., con domicilio en c/ dels Fustrers, s/n, Alcacer, CIF A-46159752, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5.230, libro 2.538, sección general, folio 156, sección 8ª, Hoja V-42.192.

Macurva, S.L., con domicilio en camino del Barranco, s/n, Beniparrell, CIF B-46361366, inscrita al Registro Mercantil de Valencia al tomo 1.884, libro 1.191, sección general del libro de Sociedades, folio 001, hoja 03-00012199, inscripción 1ª.

Temas Gestión, S.L., con domicilio en c/ dels Fusters s/n, Alcacer, CIF B-96616594, inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5.787, libro 190, hoja 54.281, sección 8ª, inscripción 1ª.

Expandía, S.L., con domicilio en c/ dels Fusters s/n, Alcacer, CIF B-97559819, inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 8.103, libro 5.396, folio 123, hoja V-103.493, sección 8ª

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de lo acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 3 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

Informes
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