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Concurso de acreedores Morte Quiles Sl

El 13-04-2011, Morte Quiles Sl, en ABARAN (Murcia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B30304356. La actividad (principal) de Morte Quiles Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Morte Quiles Sl
Localidad:
ABARAN
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B30304356
Número de insolvencia:
B30304356
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
ESTACION 0
30550 ABARAN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-09-2011
67094
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Murcia, anuncia:

1. Que en el sección I declaración concurso número 94/2011, referente a la mercantil deudora Morte Quiles, S.L., con CIF número B-30304356, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Murcia, 8 de septiembre de 2011.- Secretario Judicial.

16-05-2011
32101
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos de concurso voluntario seguidos en este Juzgado con el número 94/2011 se ha dictado a instancias de la mercantil Morte Quiles, S.L. en fecha 13/04/2011 auto de declaración de concurso de la deudora Morte Quiles, S.L. con CIF número B-30304356, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera de la Estación, s/n, Abarán (30550) Murcia.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición de la mercantil concursada quedan intervenidas por la administración concursal designada al efecto, mediante su autorización o conformidad.

Ha sido designado Administrador concursal único D. José Vidal Martínez de profesión titulado mercantil, con domicilio en Plaza Circular, 9-1ºA (30008) Murcia y teléfono 968288401.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Oficina de Registro y Reparto de la Ciudad de la Justicia de Murcia en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 28 de abril de 2011.- La Secretaria judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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