El 30-07-2020, Textiles Contract Sl, en ALBAIDA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B97165526. La actividad (principal) de Textiles Contract Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Textiles Contract Sl
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B97165526
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Apertura de la sección quinta
- Conclusión del concurso
D./Dña. José Víctor Sanz Gordón, la/el Letrada/o de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores con numero de registro 409/18, en cuyo seno se ha dictado en esta fecha y en su Sección quinta, auto por el que se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad TEXTILES CONTRACT, S.L., con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral.
Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley Concursal.
Valencia, 22 de septiembre de 2020.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.
- Auto de declaración de concurso voluntario
- Conclusión del concurso
Doña María Isabel Boguña Pacheco, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, por el presente,
HAGO SABER:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 448/2017, habiéndose dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de TEXTILES CONTRACT, S.L., con CIF numero B-97165526, con domicilio en Aldaia (Valencia), Poligono Industrial El Laberinto, s/n, habiéndose acordado en la propia resolución la conclusión del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral.
Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley Concursal.
Valencia, 30 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, María Isabel Boguña Pacheco.
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