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Concurso de acreedores Persona física

El 06-03-2020, Persona física, en LA POBLA DE FARNALS (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MASSAMAGRELL. El número de insolvencia de esta empresa es 73769334P. La actividad (principal) de Persona física es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
LA POBLA DE FARNALS
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
73769334P
Número de insolvencia:
73769334P
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ARAGON, 7 - POL IND 2 0
46139 LA POBLA DE FARNALS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-03-2020
A200013608
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto:

Dña. Maria Sofía Parrilla Galdón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Massamagrell, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado [CNA], con N.I.G. 46164-41-1-2020-0000246 y registrado con el número de procedimiento 80/2020, habiéndose dictado en fecha cuatro de febrero de dos mil veinte por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario y abreviado de acreedores de María del Mar Francés Tortosa y NIF: 73769334P.

Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a D. Federico Joaquín Bisquert Lafuente con domicilio profesional en Calle Garriges nº 15-7ª Valencia y correo electrónico federicobisquert@outlook.es.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Massamagrell, 6 de marzo de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Sofía Parrilla Galdón.

Informes
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