El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 y 482 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 781/2011 por auto de fecha 22 de abril de 2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso LMP Cerrajería Metalistería y Montajes, S.L., por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 249, 474 y 475 TRLC.
2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485 TRLC, declarar su extinción.
Madrid, 28 de abril de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.
El Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º Que en el procedimiento número 781/2011, por auto de fecha 26 de octubre de 2012 se ha declarado en concurso al deudor LMP Cerrajería Metalisteria y Montajes, S.L., con domicilio en Mejorada del Campo, Madrid, en calle Guadiana, número 28, nave 12. El CIF de la sociedad es: B 84692193.
2.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
La Administradora Concursal designada es doña María del Val Mayoral Arribas con domicilio en la calle Velázquez, n.º 2, Los Hueros, CP 28810 Villalbilla, dirección de correo electrónico:
vma@valmaasesores.es
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.
3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Madrid, 11 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.