Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Beauty World Sl

El 27-01-2015, Beauty World Sl, en MASSANASSA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B81434722. La actividad (principal) de Beauty World Sl es otros servicios personales.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Beauty World Sl
Localidad:
MASSANASSA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B81434722
Número de insolvencia:
B81434722
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Otros servicios
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CUBA 72
46006 VALENCIA
Mostrar en tarjeta
-
CM :
ALQUERIETA (POL. INDUSTRIAL MASSANASA) 30
46470 MASSANASSA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-06-2020
A200022644
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don José Victor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores numero 000091/2020 habiéndose dictado en fecha 14 de febrero de 2020 por el Ilmo/a. Sr/a.Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto no firme de declaración y conclusión de concurso voluntario abreviado, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Dispongo

Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a la entidad Aroma & Beauty, S.L., cuyo datos son:

CIF nº B98926637.

Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, tomo 10306, folio 200, hoja V-177034, inscripción 1ª.

Domicilio social en calle Conde de Altea nº 53, bajo izda de la Pobla de Ballbona (Valencia).

Y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los créditos contra la masa.

Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia.

Expídase por el señor Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que procesa a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet. Asímismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer Recurso de Apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (art. 176 bis apart. 4 LC).

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.

Valencia, 17 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Victor Sanz Gordón.

18-01-2018
A180002480
 

D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 851/2014 Voluntario, de la deudora Concursada Beauty WORLD SL UNIPERSONAL, con CIF Nº B81434722, con domicilio en la Poligono Cami L'Alquerieta, nº 30, Polígono Industrial de Massanassa, Massanassa en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 8 de enero de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC).

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 8 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

27-05-2015
A150022854
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n° 000851/2014, habiéndose dictado en fecha veintisiete de enero de dos mil quince por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de BEAUTY WORLD SL UNIPERSONAL con domicilio en Polígono Cami L'Alquerieta n.° 30 Poligono industrial de Massanassa, y cif n.° B81434722, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 5927, libro 3233, hoja V-57212, folio 220 seccion 8.ª Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D. Francisco Maria Poveda Velasco con domicilio en la Calle Colón, n.° 20-10.ª, Valencia y correo electrónico beautyworld@contentio.es. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 27 de enero de 2015.- El Secretario judicial.

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