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Concurso de acreedores Rodriguez Stoa Edificaciones Sociedad Limitada.

El 01-09-2017, Rodriguez Stoa Edificaciones Sociedad Limitada., en ARGAMASILLA DE ALBA (Ciudad Real) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13586516. La actividad (principal) de Rodriguez Stoa Edificaciones Sociedad Limitada. es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Rodriguez Stoa Edificaciones Sociedad Limitada.
Localidad:
ARGAMASILLA DE ALBA
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B13586516
Número de insolvencia:
B13586516
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PUENTECILLA 17
13710 ARGAMASILLA DE ALBA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-09-2017
A170062616
 
  • Auto de declaración de concurso
 

D.ª Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Ciudad Real, con competencia en materia mercantil, por el presente, anuncio:

Que en el proceso de concurso voluntario abreviado, seguido en este órgano judicial con el número 134/2017 se ha dictado auto en fecha 1 de septiembre de 2017 que acuerda:

1.- Declarar en situación de concurso a la entidad RODRÍGUEZ STOA EDIFICACIONES, S.L., con C.I.F. número B13586516, con centro principal de actividad y domicilio a estos efectos en Argamasilla de Alba (Ciudad Real), calle Puentecilla, número 17, e inscrita en el Registro Mercantil de Ciudad Real al tomo 604, libro 0, folio 171, hoja CR-27723, inscripción 1.ª, toda vez que ha sido acreditada su estado de insolvencia absoluta actual.

2.- Declarar la conclusión del concurso por insuficiencia absoluta de masa activa, quedando la deudora responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Y sin perjuicio de las acciones de responsabilidad contra su órgano de gobierno y representación, conforme a la Ley de Sociedades de Capital.

3.- Declarar la extinción de la mercantil –art. 178.3 de la LC- con el consiguiente cierre de la hoja de la inscripción de la persona jurídica en el Registro Mercantil de Ciudad Real.

Ciudad Real, 1 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
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